Entre otros puntos, la entidad alega que la Constitución Federal atribuyó competencia exclusiva a la Unión en la materia
La Asociación Brasileña de Empresas Generadoras de Electricidad (Abrage) cuestionó ante el Supremo Tribunal Federal (STF) la validez de las disposiciones de la ley de Pará, que establecía un impuesto sobre el uso de recursos hídricos para generar electricidad. La Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) 7618 fue distribuida al Ministro Edson Fachin.

La entidad alega que la Tasa de Control, Seguimiento e Inspección de las Actividades de Exploración y Aprovechamiento de los Recursos Hídricos (TFRH), prevista por la Ley Estatal 10.311/2023, había sido establecida previamente mediante norma (Ley Estatal 8.091/2014) declarada inconstitucional por el Supremo Cancha en ADI 5374.

Aunque la nueva ley fue promulgada bajo el argumento de corregir los defectos presentados en la norma anterior, Abrage sostiene que las violaciones persisten. Entre ellos, el irrespeto a la competencia exclusiva de la Unión para explorar y regular el uso del agua con fines de generación de energía.

Además, sostiene que el ejercicio del poder de policía sobre el uso de los recursos hídricos en este caso se ejerce a través de la Agencia Nacional de Agua y Saneamiento Básico, Aneel y el Instituto Brasileño de Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables (Ibama).

Otro punto mencionado es que las tasas deben estar vinculadas a la asignación del producto de su recaudación a la actividad estatal que justificó su institución. Pero, para la asociación, la estimación de los costos de inspección que implica que el Estado deberá sufragar la tasa cuestionada no tiene proporcionalidad ni relación con la realidad.

Fuente: Canal Energía