De acuerdo a lo establecido por el Decreto que fijo precio para el “Barril Criollo”, los impuestos a los combustibles se actualizarán a partir del 1° de octubre. Cuanto aumentarán la nafta y el gasoil.
A partir de la reforma tributaria de 2018, los gravámenes a los combustibles (ICL) se transformaron en montos de suma fija que se ajustan por inflación. La medida apuntó a que funcionen como un amortiguador ante los cambios de precio del dólar o la cotización del crudo, dos de las principales variables que impactan sobre su valor en el surtidor.

La iniciativa también derogó el Impuesto al Gasoil Ley 26.028 y el Fondo Hídrico de Infraestructura Ley 26.181 – que se destinaban a fideicomisos para obras viales e hídricas- y se reemplazaron por el nuevo Impuesto al Dióxido de Carbono (IDL).

Según explica el analista Cristian Bergmann, el reajuste trimestral del Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono, se estructura de la siguiente manera:

Durante los meses Diciembre, Enero y Febrero se actualizan los montos con la inflación registrada durante el 3er trimestre del año anterior. Durante los meses Marzo, Abril y Mayo se actualizan los montos con la inflación registrada durante el 4to trimestre del año anterior. Durante los meses Junio, Julio y Agosto se actualizan los montos con la inflación registrada durante el 1er trimestre del vigente año. Durante los meses Septiembre, Octubre y Noviembre se actualizan los montos con la inflación registrada durante el 2er trimestre del vigente año. Sin embargo, por la crisis económica, desde el año pasado se dictaron diversas medidas que postergaron su aplicación.

Al respecto, Bergmann sostuvo que “el Decreto 488/2020 que fijó el marco para el Barril Criollo, dispuso a la vez una postergación de los aumentos de impuestos correspondientes al primer y segundo trimestre para la nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil”.

A partir de lo dictado por el Gobierno Nacional, el congelamiento de impuestos para dichos productos operará hasta el 1º de octubre, fecha en la que los montos sufrirán la actualización postergada.

En este sentido, según el análisis del reconocido especialista “de acuerdo al IPC publicado durante el primer trimestre, la inflación acumulada fue del 7,6 por ciento y la del segundo trimestre 5,2 por ciento, totalizando 12,8 por ciento de aumento pendiente que entrará en vigencia en octubre”.

Esto implica que, partiendo de los importes vigentes publicados por AFIP, el cuadro de montos fijos de los impuestos quedará de la siguiente manera:

“Finalmente, si las subas se trasladaran en su totalidad al surtidor, la nafta súper en CABA escalará 3,2 por ciento y el gasoil 2,28 por ciento”, concluye Bergmann.

FUENTE: SURTIDORES - ARGENTINA