AGENCIAS ABI
y otorga al Tribunal Supremo Electoral (TSE) dos días hábiles para aprobar los ajustes al calendario electoral y definir la fecha de votación.
La Ley 1304, que tiene como fecha de promulgación el 21 de junio de 2020, modifica la Ley 1297 de Postergación de las Elecciones Generales 2020 con el siguiente texto: "En ejercicio de sus atribuciones, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) fijará, mediante resolución expresa, la nueva fecha para la jornada de votación de las Elecciones Generales 2020, a realizarse en un plazo máximo de 127 días computables a partir del 3 de mayo de 2020; vale decir, hasta el domingo 6 de septiembre de 2020, conforme a criterios técnicos del TSE y científicos provenientes de organismos especializados de salud, que guiarán las medidas que se adopten para garantizar que los derechos políticos sean ejercidos en las mejores condiciones que las circunstancias exijan, y que no impliquen la propagación del coronavirus y los consiguientes riesgos para la vida y la salud de las y los bolivianos en el territorio nacional y en el extranjero".
El Artículo 2 de la Ley 1304 establece que "el Tribunal Supremo Electoral, en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles, siguientes a la fecha de publicación de la presente Ley en la Gaceta Oficial de Bolivia, aprobará los ajustes al Calendario Electoral para las Elecciones Generales 2020 y definirá la fecha para la realización de la jornada respectiva de votación".
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