Posiciones encontradas ha generado al interior de la Comisión de Minería y Energía, la discusión de las indicaciones al proyecto que amplía la cobertura del subsidio eléctrico. La norma que se encuentra en segundo trámite en el Senado recibió 44 enmiendas, de las cuales 20 ya han sido sancionadas.
Cabe recordar que la propuesta del Ejecutivo busca apoyar a la población más vulnerable para pagar las cuentas eléctricas que han experimentado un alza sucesiva en el último tiempo. En concreto, se triplica el subsidio entregado por el Gobierno a principios del 2024, permitiendo que más familias se vean favorecidas llegando al 40% más vulnerable del Registro Social de Hogares (RSH).
También la norma ahonda en las formas de financiamiento de dicho beneficio y la responsabilidad que tienen las empresas distribuidoras de electricidad de cumplir sus contratos de suministro. Este punto surgió luego que el año pasado se registraran cortes masivos de luz tras los temporales de invierno. Durante la sesión del miércoles 11 de junio, las senadoras Luz Ebensperger y Yasna Provoste, y los senadores Rafael Prohens (presidente), Juan Luis Castro y Rodrigo Galilea, se diferenciaron a la hora de analizar una indicación presentada por la senadora María José Gatica, que buscaban elevar al doble las multas a las que se exponen dichas empresas cuando se registran interrupciones del suministro atribuibles a éstas.
Multas Actualmente, las infracciones gravísimas implican pagar 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA); las graves, 5 mil UTA; y las leves, 500 UTA. La indicación proponía duplicar estos montos: 20 mil UTA para las gravísimas, 10 mil para las graves y mil para las leves. Durante la discusión, los tres representantes de oposición —la senadora Ebensperger y los senadores Prohens y Galilea— rechazaron la propuesta. Argumentaron que la mayoría de los problemas provienen de la falta de inversión, y que subir las multas atenta contra eso. Además, recordaron que estas sanciones benefician al Estado, no directamente a las personas. “En casos de faltas gravísimas, las empresas pueden perder la concesión eléctrica, y esa sí es la sanción más severa”, afirmaron.
Por el contrario, la senadora Provoste y el senador Castro defendieron el aumento de las sanciones. Sostuvieron que las multas actuales no generan un incentivo real para mantener el servicio. “No buscamos quebrar a las empresas, sino lograr un equilibrio justo entre su desarrollo y el cumplimiento del servicio comprometido”, indicaron. Finalmente, el texto pasará a revisión de la Comisión de Hacienda con las multas establecidas en el artículo 15 de la ley que regula la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Financiamiento del subsidio Luego, las y los senadores estudiaron uno de los pilares del financiamiento del subsidio: la sobretasa transitoria a las emisiones de CO2 a las fuentes emisoras que correspondan a empresas eléctricas. Con la misma votación anterior, 3 votos en contra (Ebensperger, Prohens y Galilea) y 2 a favor (Provoste y Castro), se rechazó este instrumento pese a que el Ejecutivo presentó una propuesta reduciendo de 5 a 3 dólares por tonelada de dióxido de carbono.
Cabe recordar que las otras dos fuentes de fondos corresponden a un aporte fiscal a través de la mayor recaudación de IVA producto del alza de las tarifas eléctricas; y al cargo al Fondo de Estabilización de Tarifas (FET) de 0,5 pesos por KW/h que aplica a todos los retiros que realizan las empresas generadoras desde los sistemas eléctricos con capacidad instalada superior a 200 MW, es decir, los Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD) los años 2025, 2026 y 2027. Esto fue rechazado en la Cámara Baja.
Durante el debate los senadores de la oposición argumentaron que la ampliación del subsidio se financia con creces solo con la recaudación del IVA mientras que la discusión de fondo versó sobre si los fondos debían tener un componente mixto. Compensaciones a clientes En tanto, en la sesión del 4 de junio, la Comisión sentenció otras normas, entre ellas aprobó por unanimidad, una indicación presentada por el Ejecutivo que establece la proporción de la compensación que deberán entregar las empresas de distribución por la no entrega del servicio a los clientes regulados.
Así se estableció que el valor de la compensación corresponderá “a la energía no suministrada durante ese evento, valorizada a quince veces la tarifa de energía vigente durante la indisponibilidad de suministro, la que no podrá superar el 5% de sus ingresos regulados en el año calendario anterior”. Además, se anunció que en la próxima sesión la Comisión continuará votando las indicaciones pendientes.
Fuente: EI