Programa regresa tras suspensión por recortes presupuestarios; La fase piloto del nuevo PMQC transfiere costos a los agentes económicos y amplía la cobertura a nuevas regiones.
La Agencia Nacional de Petróleo, Gas Natural y Biocombustibles (ANP) reanudó, a principios de enero de 2025, el Programa de Monitoreo de la Calidad de los Combustibles (PMQC), luego de una suspensión en los meses de noviembre y diciembre de 2024 por recortes presupuestales.

El PMQC fue creado en 1998 y es administrado a través de una red de universidades e institutos de investigación contratados por la ANP, además del laboratorio de la agencia, el Centro de Investigación y Análisis Tecnológico (CPT), en Brasilia. Pese a la suspensión temporal del programa, la ANP garantizó la renovación de los contratos con los laboratorios que tenían fecha de vencimiento durante el período de interrupción, informó la oficina de prensa.

Las renovaciones cubren los estados de Pará, Amapá, Maranhão, Bahía, Ceará, Pernambuco, Alagoas, Sergipe, Paraíba, Rio Grande do Norte, Paraná y Santa Catarina, asegurando la continuidad del seguimiento en esos estados.

Nuevo PMQC

En la fase piloto, el nuevo PMQC cambió el financiamiento del programa, que ahora era pagado por los propios agentes económicos y ya no por la ANP. Los programas son en paralelo.

El nuevo PMQC comenzó en Goiás y el Distrito Federal y fue aprobada para su expansión a Mato Grosso y Tocantins en diciembre de 2024. La implementación en nuevos estados está sujeta a un proceso de licitación para la acreditación de laboratorios.

Las responsabilidades de la agencia incluyen licitar para la selección de laboratorios y supervisar el programa.

“La inspección utiliza el PMQC y varios otros vectores de inteligencia (como datos de movimiento de productos, denuncias ante la Defensoría del Pueblo de la ANP, información de otros organismos públicos, etc.) para realizar una planificación asertiva, identificando lugares con signos de irregularidades y centrando las acciones en ellos. ”, dice la agencia.

PMQC proporciona una visión general de la calidad del combustible, mientras que la inspección actúa de forma específica, basándose en signos de irregularidades.

Además, la inspección tiene la facultad de imponer multas y puede iniciar procesos administrativos sancionadores, que pueden culminar en multas y otras sanciones previstas por la ley, las cuales no aplican al PMQC.

Regularización de puestos

La ANP reforzó este viernes (17/1) la obligación de que las gasolineras mantengan actualizado su registro de membresía corporativa ante la agencia. La medida, según la agencia, es fundamental para garantizar la exactitud y transparencia de la información sobre el mercado regulado de combustibles.

La ANP ha intensificado el cruce de datos de su registro con información de otros organismos públicos. Si se identifican inconsistencias, se notificará a los responsables de los cargos para que presenten documentos que acrediten el historial de cambios corporativos de la empresa.

A las empresas que no cumplan con los requisitos se les podrá revocar sus autorizaciones de funcionamiento. Además, el suministro de información falsa o adulterada está sujeto a multas que oscilan entre R$ 20.000 y R$ 1 millón, según lo previsto en la Ley nº 9.847/99. La obligación de mantener actualizados los datos está establecida en el artículo 11 de la Resolución ANP N° 948/2023.

Según el regulador, los datos pueden actualizarse a través del Sistema de Registro de Documentos de la Estación Revendedora (SRD-PR), accesible en el Centro de Sistemas ANP (CSA) en este enlace:

https://csa.anp.gov.br/gestao-acessos/sistemas/anp.

Fuente: ejes