"Habiendo transcurrido el término de 60 días, sin haber sido aprobado por la Asamblea Legislativa Plurinacional la Ley del Presupuesto General del Estado-Gestión 2025, en el marco del numeral 11 del parágrafo I del artículo 158 y del parágrafo II del artículo 164 de la Constitución Política del Estado, entra en vigencia a partir de su publicación", prevé la ley publicada en la Gaceta Oficial.
De acuerdo al numeral 11, "en caso de no ser aprobada en este plazo (de 60 días), el proyecto se dará por aprobado".
Fuente: Los Tiempos
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