El Ministerio de Minas y Energía sacó una nueva resolución con la cual se establecen nuevas medidas en materia de exploración y producción de hidrocarburos en Colombia. ¿En qué consiste esta normativa?
La idea de la cartera minero-energética es establecer las medidas técnicas para el desarrollo de las actividades relativas a la exploración y producción de hidrocarburos en el territorio nacional, maximizar su recuperación final y evitar su desperdicio, empleando para ello las mejores prácticas de la industria y garantizando la protección del medio ambiente, en un contexto de desarrollo sostenible.
Estas disposiciones se aplicarán a todas las personas jurídicas que desarrollen actividades de exploración y producción de hidrocarburos en el país. Para el caso de las operaciones costa afuera (offshore) se regirán por lo establecido en la Resolución 40295 del 7 de octubre de 2020 del Ministerio de Minas y Energía, salvo casos puntuales.
De acuerdo con el coordinador del Grupo Upstream de la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, Leonardo Augusto Tamayo Pérez, con esta nueva resolución se “apalanca el desarrollo de líneas estratégicas del sector hidrocarburos establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo y se busca incentivar inversiones y mantener o incrementar las reservas de gas”.
Indicó que con esto también se logra “un aprovechamiento de pozos estratigráficos los cuales podrán ser probados y utilizados como productores, en el marco de un contrato y/o convenio de hidrocarburos, previa autorización del ente de fiscalización, siempre que se garantice la integridad del pozo”.
Además, se podrán perforar en Colombia pozos desde áreas contiguas de diferentes contratos, con previa autorización del ente de fiscalización. Asimismo, manifestó el funcionario, se podrán perforar pozos desde áreas contiguas de diferentes contratos, que permita aprovechar en superficie plataformas o locaciones existentes o aprovechar la construcción de una plataforma que sea funcional para la perforación de pozos desviados que logren llegar a la profundidad esperada.
En el mismo sentido, Leonardo Augusto Tamayo Pérez explicó que se da la posibilidad de emplear fluidos con alta saturación de agua de formación encontrados en una formación potencialmente productora de hidrocarburos, como fluido para reinyección en proyectos de recobro secundario (inyección de agua o mantenimiento de presión), recobro terciario o mejorado.
Adicionalmente se podrá tener un periodo de producción temprana, el cual permite que los operadores continúen con la producción del pozo después del periodo de pruebas extensas y si aún está en trámite la licencia ambiental global (LAG) o resolución de explotación, siempre y cuando, las actividades, uso de recursos naturales e impactos estén autorizados e incluidos en la licencia ambiental de exploración vigente o en el respectivo instrumento de manejo y control ambiental.
Según el representante de la Dirección de Hidrocarburos, en adelante, habrá un mecanismo de articulación interinstitucional donde el Ministerio de Minas y Energía directamente, o a través de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), garantizarán procesos de articulación interinstitucional y de Gobierno – Industria.
Lo anterior, buscando promover la mejor gestión y el aprovechamiento de los hidrocarburos, el mejoramiento del factor de recobro y la correcta ejecución de contratos de hidrocarburos.
En cuanto al programa de recobro, todas las operadoras deberán presentar un estudio técnico-económico para campos en explotación, en el que se identifique la viabilidad o no de implementar proyectos encaminados a incrementar el factor de recobro. “De igual, se da a la ANH deberá generar una metodología para evaluar proyectos de recobro mejorado”, explicó el experto.
¿Qué dicen los expertos sobre la nueva normativa para la exploración y producción de hidrocarburos en Colombia? Valora Analitik habló con Frank Pearl, presidente de la Asociación Colombiana del Petróleo y Gas (ACP), quién aseguró que “desde hace 15 años no había una actualización del reglamento de operación de la industria. Es algo que se viene trabajando por un buen tiempo con el ministerio de minas y energía y la ANH. Sin duda, es una buena noticia para la industria”.
El líder gremial señaló que con estas nuevas reglas se “viabilizan los proyectos de uso de agua de fondo (no potable) para inyección y producción incremental”.
También destacó que la resolución aclara los tiempos y los tipos de estándares usados; así como esclarece los permisos y reportes operacionales que se envían a la ANH.
“Esta resolución contempla los aspectos técnicos respecto a las técnicas de perforación y producción acorde con las prácticas actuales de la industria. Todo el tema de tiempos, trámites y reportes que se envían a la ANH quedaron actualizados para ser más eficientes”, concluyó el líder gremial.
Finalmente, el presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), Orlando Velandia, esta normativa se espera que haga más eficiente la exploración y producción de hidrocarburos en Colombia.
Fuente: Valora Analitik