El Ministerio de Minas y Energía del Brasil, a través de su titular Alexandre Silveira de Oliveira, dio a conocer el proyecto de Ordenanza Normativa que establece los lineamientos para la importación de energía eléctrica del Paraguay, en un nivel de tensión de 500kV.
“La energía eléctrica importada será objeto de un Contrato de Comercialización de Energía en el Ámbito de Libre Contratación (CCEAL), firmado por agentes comercializadores autorizados por Brasil, de acuerdo con las normas y procedimientos de comercialización vigentes”, establece uno de los artículos.

Además, se determinó que la totalidad de la energía eléctrica importada no podrá exceder el límite de 100 MW promedio mensualmente, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Cámara de Comercialización de Energía Eléctrica (CCEE). Esto aparte de modular las cantidades de energía importadas.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY Dicho aspecto se realizaría a los efectos de la planificación y programación del funcionamiento por parte del Operador Nacional del Sistema Eléctrico del Brasil (ONS) con el objetivo de adaptarse al perfil de carga del Sistema Interconectado Nacional (SIN).

Parte de los lineamientos dados a conocer por el Ministerio de Minas y Energía del Brasil. Foto: Gentileza Parte de los lineamientos dados a conocer por el Ministerio de Minas y Energía del Brasil. Foto: Gentileza Más lineamientos La ordenanza también determina que la energía eléctrica importada será suministrada de manera continua e ininterrumpida durante todo el período contractual y limitada a las restricciones de energía eléctrica existentes y al perfil de carga en el SIN.

“En caso de restricción eléctrica para la transmisión de generación desde Itaipú y/o la importación de este reglamento normativo, el ONS priorizará la transmisión de energía desde la Central Hidroeléctrica Binacional de Itaipú”, se remarcó, agregando que el comercializador no tendrá ninguna compensación restringida por las interrupciones totales o parciales.

Para los efectos de la comercialización de energía eléctrica, las pérdidas en la Red Eléctrica hasta el Punto de Entrega deberán ser deducidas del monto contratado, observando las normas de comercialización de energía eléctrica vigentes. Se estableció también que los agentes comerciales deben cumplir con todas las leyes, reglamentos y normas vigentes en Brasil.

Fuente: La Nacion