Desde el 1º de enero de 2017 rige en Uruguay un modelo de aplicación de bonificaciones definiéndose así a la categoría “Estaciones de Servicio con fin social” (EFS), cuya exigencia es la de ser únicas en su localidad o cuya existencia se justifique por la necesidad de abastecer una zona en la que, a juicio de ANCAP “exista una real necesidad de servicio de venta de combustibles y que el volumen de venta total sea igual o inferior a 60.000 litros de promedio mensual considerando el año móvil cerrado al 30 de junio de cada año”.
A raíz de esta normativa que data de hace siete años, el grupo de estaciones EFS pasó a tener un precio diferencial en el denominado “Precio En Planta” (PEP) que determina la URSEA para esos casos, considerando que el volumen de venta es bastante menor para este grupo de estaciones, que es compensado con un menor PEP, mejorando el margen del estacionero.
VIGENCIA HASTA NUEVA RESOLUCIÓN DE URSEA
Precisamente el directorio de ANCAP promulgó la Resolución 594/24, en la se establece que dicha compensación de Fin Social, incluida en el PEP definido por el Poder Ejecutivo, estará vigente transitoriamente hasta la entrada en vigencia de la nueva regulación del sector de los combustibles que apruebe la URSEA.
A su tiempo, ANCAP aclaró que “se entiende conveniente dejar asentada la modificación de la nómina de EFS en el sistema de facturación a partir del mes siguiente al de la revisión, en este caso agosto de 2024”.
20 ESTACIONES
En este sentido y considerando que a la fecha, “la URSEA no ha dictado la reglamentación referida, y conforme a lo previsto en el Decreto N° 201/2021, el PEP continúa incluido en el monto correspondiente a la bonificación adicional que actualmente perciben las “Estaciones de fin social de expendio de combustibles líquidos” señala el documento.
De acuerdo a la información en poder de Surtidores, actualmente este beneficio alcanza a unas 20 estaciones de todo el país, que cumplen con los requisitos establecidos en la Resolución, mayoritariamente del sello ANCAP, con promedios de venta de combustible entre 4.000 y 50.000 litros mensuales.
Cabe señalar que en los casos en que la estación supera los 60 mil litros automáticamente pierde la bonificación adicional en el PEP.
BONIFICACIÓN EN PESOS
Fuentes de URSEA informaron a este medio que traducida en dinero, la bonificación es para el caso de la Gasolina Super 95, de $/lt 0.008.
Por ejemplo en una compra de 8 mil litros de este producto, el concesionario recibe $8000 de compensación, bonificación similar a la que percibe si la descarga en la estación es de Gas Oil 50S.
Fuente: Surtidores