Así, recordó que, conforme a la Ley 966/1964, la ANDE “fomentará la iniciativa privada tendiente a satisfacer las necesidades de abastecimiento eléctrico”. Asimismo, de acuerdo con la misma norma, la entidad tiene la exclusividad del abastecimiento público de energía eléctrica y alumbrado en la República. “En tal carácter gozará del derecho preferencial para el aprovechamiento de los recursos hidráulicos necesarios”, señala la ley.
En este sentido, Sosa destacó que el proyecto que amplia y modifica artículos de la Ley 3009/2006, De la Producción y Transporte Independiente de Energía Eléctrica (PTIEE), conocida como de pequeñas centrales hidroeléctricas (PCHs), prevé incentivar al sector privado en la construcción, financiamiento y operación de este tipo de infraestructuras.
Principalmente, la propuesta aumenta la generación hidroeléctrica menor de 2 MW hasta 50 MW, elimina el Contrato de Riesgo Compartido y la figura del Consejo Nacional de la Producción y Transporte Independiente de Energía, designando como autoridad de aplicación al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). “Además, se crea el Contrato de Adjudicación, el cual está orientado a la Generación Eléctrica Hidráulica, que requiere de una Licitación Pública Internacional para su adjudicación”, relató Sosa.
La propuesta fue aprobada por los diputados, y en el Senado introdujeron modificaciones. La ANDE emitió su parecer técnico a diversas comisiones del Senado sobre el proyecto de ley remitido por la Cámara de Diputados. “En ese sentido, las modificaciones solicitadas por la ANDE fueron incorporadas al proyecto de ley que finalmente fue aprobado por la Cámara de Senadores”, detalló el ingeniero.
Incentivo. Sosa añadió que las normativas buscan fomentar la participación del sector privado en el sector eléctrico, dando seguridad jurídica, bancabilidad y el retorno del financiamiento de los proyectos, que se caracterizan por ser de capital intensivo y de vida útil de largo plazo.
A propósito, refirió que el Ejecutivo también envió al Congreso un proyecto de modificación de Ley Nº 6977/2023, que regula el fomento, generación, producción, desarrollo y la utilización de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables no convencionales no hidráulicas. “El plazo de licencia y de contrato con la ANDE es hasta 15 años. El Poder Ejecutivo envió para que eso se amplíe hasta 30 años, para que realmente los inversionistas tengan más tiempo para amortizar su inversión, y para que la tarifa resultante de la licitación que la ANDE va a realizar sea más competitiva, es decir, más barata”, subrayó Sosa.
8.760 MW es la potencia disponible en el Paraguay, a través de la generación de las centrales hidroeléctricas. En el Congreso están en trámite dos proyectos de ley que buscan atraer al sector privado en la generación de energía eléctrica renovable. La ANDE afirma que no delega sus competencias. Más deuda para cubrir el déficit En entrevista con Forbes Paraguay, el presidente Santiago Peña reconoció que la ANDE necesita una “inversión de cerca de USD 6.000 millones” en su plan de corto y mediano plazo. “Se está invirtiendo a un ritmo de USD 300 millones al año y es ahí donde deberíamos acelerar este proceso a unos USD 500 o USD 600 millones por año”, expresó, añadiendo que la ANDE debería ser un emisor regular de deuda para “seguir invirtiendo”. El mandatario añadió se impuso a la ANDE “un escenario donde prácticamente es la única empresa de servicios públicos que no tiene reajustes” para cubrir su déficit de inversión. “Siendo ministro de Hacienda en el 2017 hice el primer ajuste en 14 años de la tarifa. En estos 20 años la ANDE tuvo solo un aumento y no creo que haya en el mundo una empresa de servicios que haga inversiones, aumente su oferta y todo esto sin aumentar la tarifa”, indicó.
Fuente: Ultima Hora