--- La nueva ley de gas de Paraná (nº 247/2022), sancionada en mayo, redujo los requisitos para la migración de usuarios al mercado libre, al fijar el consumo mínimo de los potenciales clientes libres en 10 mil m³/día - - diez veces menos que el límite anterior. Había 12 industrias, al cierre de 2021, en condiciones de migrar de régimen.
Una de las novedades es el establecimiento de valores transitorios para las Tarifas por Uso del Sistema de Distribución (TUSD), que se cobrarán a los consumidores libres de los segmentos industrial, termoeléctrico, producción de fertilizantes y refinación.
--- Agepar se ocupará de una regulación específica sobre el TUSD para clientes libres en el futuro. Hasta entonces, la regla de formación de tarifas será la misma que en el mercado cautivo, una vez deducidos los costes de compra y comercialización de gas, e incluidos los costes de gestión del mercado libre.
--- Hoy, en el ambiente regulado, además del margen que cobra Compagas, el valor de la molécula también se traslada al consumidor final a través de la tarifa.
--- En el texto propuesto (en su totalidad, en .pdf), el interesado deberá manifestar su intención a Compagas al menos 12 meses antes de la fecha de vencimiento contractual entre las partes.
Fuente: Epbr