La aprobación de la Junta Ejecutiva no excluye la necesidad de un proceso normativo con amplia participación social, en el que se preparará un borrador para ser sometido a consulta y audiencia pública. La aprobación de hoy puede verse como el punto de partida para esta acción reguladora.
La medida cumple con la Resolución CNPE N ° 14/2020, que determinó la regulación por parte de la ANP de un nuevo modelo de comercialización para reemplazar las subastas públicas para cumplir con el porcentaje obligatorio de biodiesel a diésel fósil, previsto por la Ley N ° 13.033 / 2014. Para cumplir con la determinación de la CNPE, la ANP conformó un grupo de trabajo con la participación de siete superintendencias, para diseñar este nuevo modelo.
La propuesta aprobada hoy recomienda la adopción de un modelo de contratación directa de biodiesel por parte de los distribuidores. El target individual volumétrico obligatorio para la contratación será el 80% de lo contratado en los dos meses anteriores. Además de observar el cumplimiento del objetivo de biodiesel de productores con Sello Social de Biocombustible y en línea con lo propuesto por el Programa Abastece Brasil, del Ministerio de Minas y Energía (MME), el modelo tiene mayor previsibilidad y flexibilidad para enfrentar desequilibrios entre la oferta y la demanda de biodiésel y, además, reduce los costos regulatorios.
El nuevo sistema de comercialización observará, según lo determina la Resolución CNPE No. 14/2020: protección de los intereses del consumidor en términos de precio, calidad y oferta de productos; garantía de suministro de combustible en todo el territorio nacional; promoción de la libre competencia; incrementar, sobre bases económicas, sociales y ambientales, la participación de los biocombustibles en la matriz energética nacional; y los objetivos, fundamentos y principios de la Política Nacional de Biocombustibles. Hasta que entre en vigencia el modelo de comercialización el 1 de enero de 2022, las subastas públicas obedecerán al formato vigente, según lo dispuesto en la Resolución CNPE No. 5/2007.
Fuente: TN Petróleo