Intergia es una sociedad anónima debidamente constituida y vigente bajo las leyes de la República Argentina, con domicilio en Avenida de Mayo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La empresa posee reconocida experiencia en la estructuración y financiación de proyectos, así como en la prestación de servicios de diseño, construcción, operación y mantenimiento. En este sentido, el ministro Aldo Sarquís y el representante de la empresa firmaron el 9 de febrero un Memorándum de Entendimiento, para analizar el desarrollo en forma conjunta de todos o algunos de tres proyectos localizados en Valle Viejo, Belén y Ampajango.
En este contexto, se detalló el proyecto de parque solar denominado “P.S. Fotovoltaico Valle Viejo”, con una capacidad instalada total de aproximadamente 20 MW, que se encontrará localizado en aquel departamento.
En segundo lugar, se debatió sobre el potencial parque solar denominado “P.S. Fotovoltaico Belén”, con una capacidad instalada total de aproximadamente 50 MW, que se encontrará localizado sobre ruta 46, entre Andalgalá y Belén.
Por último, se encuentra el parque solar denominado “P.S. Fotovoltaico Pie de Médano”, con una capacidad instalada total de aproximadamente 200 MW, que se encontrará localizado en Ampajango.
Durante la reunión, ambas partes han decidido celebrar el presente MDE a efectos de establecer los términos y condiciones bajo los cuales analizarán el referido y potencial desarrollo conjunto.
En esta línea, Intergia S.A. asumiría el carácter de desarrollador de los proyectos y estaría a cargo de la totalidad de las tareas técnicas necesarias para que estos se encuentren en condiciones para ser construidos, desde su diseño, operación hasta su estructuración y financiación.
Intergia asumiría también las tareas de la efectiva construcción, operación y mantenimiento de los proyectos una vez que estos hayan sido construidos.
Por su parte, el ministerio de Inversión y Desarrollo de la Provincia de Catamarca estará a cargo de analizar la participación de la Provincia de Catamarca en cualquiera de los proyectos, en caso de que finalmente se suscriban los contratos definitivos.
La participación de la Provincia podría incluir ser la figura de adquirente de la energía de fuente renovable generada por el proyecto construido en los términos de un contrato de compraventa de energía, a ser celebrado por Energía de Catamarca SAPEM y la propietaria del proyecto construido. También, podría darse la participación de Energía de Catamarca SAPEM, o cualquier otro vehículo a criterio del Ministerio -incluyendo sin limitación Agroindustria Catamarca Sociedad del Estado (AICAT SE)- en carácter de accionista de la sociedad, que, finalmente revista el carácter de propietaria del proyecto construido, pudiendo ésta ser Intergia o cualquier tercero en el que Intergia participe.
Por último, también podría darse cualquier otro tipo de participación que las partes pudieran acordar bajo los contratos definitivos.
Participación de la provincia en el proyecto
En caso de que la Provincia decida participar en el proyecto construido, en su carácter de adquirente de la energía de fuente renovable producida por este, las partes tendrán en cuenta los siguientes parámetros al negociar los términos y condiciones del contrato referido:
1. Plazo: 20 años;
2. Precio: de acuerdo con parámetros de mercado;
3. Obligación de la Provincia de adquirir la energía objeto del contrato, independientemente de su consumo;
4. Nodo de conexión;
5. Potencia contratada: 270MW;
6. Garantías
7. Financiación.
Fuente: Energía Estratégica