La Cámara de Industria, Comercio y Servicios de Cochabamba (ICAM), a través de sus entes matrices como la Cámara Nacional de Comercio (CNC) y la Cámara Nacional de Industrias (CNI), impugnó la Resolución Administrativa RA/AEMP/N°009/2021,
del 29 de enero de 2021, emitida por la Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP), que aprueba el Reglamento de Sanciones e Infracciones Comerciales y Contables.

Según un comunicado de la ICAM, el nuevo reglamento toma como base para la determinación del cálculo de multas la utilidad bruta de las empresas y, cuando éstas reportan perdidas en sus estados financieros, toma como base para determinar el cálculo de multas el capital de la empresa.

Fuente: Los Tiempos

Lea la noticia