Mediante el decreto 4198 aprobado el 18 de marzo, el Gobierno dispuso medidas de alivio tributario temporales por la presencia del coronavirus en el país
EL DEBER

Mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102000000014, aprobada el 29 de junio, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) difirió hasta el 17 de julio de 2020 el plazo para formalizar la solicitud de facilidades de pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) de la gestión cerrada al 31 de diciembre de 2019.

La Administración Tributaria amplió dicho plazo que se enmarcaba en primera instancia en el Decreto Supremo 4198.

Además, la Resolución amplía hasta el 31 de julio de 2020 el plazo para la emisión de la Resolución Administrativa que resuelve la solicitud de facilidad de pago, establecida anteriormente.

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