Deja un Mensaje

El Gobierno expidió el decreto que traza la hoja de ruta con el fin que en el país se puedan realizar los pilotos de fracking para el desarrollo de los yacimientos no convencionales (YNC).
La norma, firmada por el presidente, Iván Duque Márquez, y los ministros de Interior, Hacienda, Minas y Energía (MME), Salud y Protección Social, y Ambiente fija los lineamientos para adelantar los Proyectos Piloto de Investigación Integral (PPII) sobre YNC de hidrocarburos con la utilización de la técnica de Fracturamiento Hidráulico (fracking).

Para la redacción del decreto, el Ejecutivo acogió los comentarios y propuestas de la ciudadanía, la academia, expertos y entidades públicas y privadas. “Se incorporaron cambios que reafirman los fines investigativos y de naturaleza científica de los mismos”, reza un comunicado del MME.

De acuerdo al contenido de la citada norma, las empresas petroleras que deseen desarrollar los PPII deberán hacer la solicitud a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y cumplir con los requisitos que establezca esta entidad. Así mismo, determinará los mecanismos contractuales o las modificaciones a los mismos para su desarrollo.

CON LICENCIA AMBIENTAL

Además, los PPII estarán sujetos a la expedición de la licencia ambiental por parte de la Anla. “En el marco de sus competencias, deberá evaluar las solicitudes y pronunciarse sobre su otorgamiento en los plazos definidos por la norma vigente”, señala el decreto.
Durante el desarrollo de los piloto, las entidades estatales adscritas a los ministerios mencionados realizarán un diagnóstico de su capacidad institucional en la gestión de los mismos.

“Los PPII nos permitirán conocer los posibles impactos ambientales y sociales de la aplicación de la tecnología. Esta es nuestra oportunidad de hacer las cosas bien, y de demostrar nuestra capacidad como industria para prevenir, mitigar y compensar los diferentes riesgos que se puedan presentar”, señaló Germán Espinosa, presidente ejecutivo de Campetrol.

ETAPAS DE LOS PILOTOS

El decreto del Gobierno establece el desarrollo de los PPII en tres etapas. La primera, de condiciones previas, tiene como objetivo diagnosticar el área de influencia en materia social, ambiental, técnica e institucional para su desarrollo, una vez obtenga la licencia ambiental.

En esta etapa además se determinan cuatro líneas base de estudio: ambiental, salud, sismicidad y social.

La segunda es la Concomitante, y es considerada como el corazón de los PPII ya que allí se desarrollan las actividades de perforación, completamiento, fracturación, estimulación y dimensionamiento del yacimiento. Simultáneamente se revisará, gestionará y monitoreará los aspectos técnicos, ambientales, de salud, sociales e institucionales.

Y la tercera, de evaluación, analizará la información generada y las necesidades de fortalecimiento institucional que resulte de la ejecución de los PPII, así como sus resultados para determinar “si se cumplen las condiciones que permitan la producción comercial de los YNC”.

“Respaldamos la aproximación científica y los componentes de transparencia y fortalecimiento institucional que se incluyen en el decreto sobre los PPII para asegurar el abastecimiento de gas”, dijo Orlando Cabrales, presidente de Naturgas.

Por su parte, Carlos Leal, presidente de Acipet, recalcó que “el decreto permite avanzar hacia la evaluación de viabilidad integral de la explotación de YNC, que significan para el país garantizar el auto-abastecimiento entre 10 a 20 años de gas de confirmarse el potencial prospectivo”.

VIGILANCIA Y EVALUACIÓN

Un Comité Evaluador será el encargado de calificar la información generada y necesidades de fortalecimiento institucional durante la ejecución de los PPII, teniendo en cuenta aspectos como recurso hídrico, ecosistemas y biodiversidad, entre otros, con el fin de emitir recomendaciones en relación con el uso de la técnica del fracking.

Por otra parte, funcionará una Comisión Intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico, una instancia conformada por entidades del orden nacional y miembros de la academia como invitados permanentes, encargada de realizar seguimiento al desarrollo de los PPII y coordinar la creación de subcomités y mesas territoriales.

Así mismo, la academia tendrá invitados permanentes en todas las instancias de seguimiento y evaluación, asegurando transparencia en todo el proceso, y se incluyó la posibilidad de que los miembros de la Comisión Interdisciplinaria Independiente de Expertos que formuló las recomendaciones para su implementación, participen en el Comité Evaluador y en la Comisión Intersectorial.

“La Asociación Colombiana del Petróleo (ACP), en conjunto con las empresas operadoras de régimen privado que participarían en los PPII, se encuentra analizando el contenido final del decreto, los ajustes incorporados durante la fase de socialización y su alcance dentro del marco normativo expedido; una vez consolidado este análisis nos pronunciaremos respecto a los pasos a seguir”, indicó Francisco José Lloreda, presidente de este gremio.

Para continuar con el proceso de reglamentación de los PPII, el MME expedirá la resolución técnica que fijará los requerimientos para su desarrollo, la cartera de Ambiente los términos de referencia para el proceso de licenciamiento ambiental y la de Interior, las normas sobre los aspectos sociales y el relacionamiento territorial.
a