La disposición única final señala que "la alícuota adicional del IUE para las entidades de intermediación financiera, será aplicable a las utilidades resultantes a partir de la gestión 2017".
CORREO DEL SUR

La Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Asamblea Legislativa aprobó el proyecto de ley por el cual se modifica la alícuota adicional al Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) de intermediación financiera del 22 al 25%, sólo si el coeficiente de rentabilidad respecto al patrimonio de las entidades excede 6%.

El texto del artículo 51 modificado de la Ley 843 de reforma tributaria, aprobado en la comisión legislativa señala que "cuando el coeficiente de rentabilidad respecto del patrimonio de las entidades de intermediación financiera, regulados por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), exceda el 6%, las utilidades netas imponibles de estas entidades estarán gravadas con una alícuota adicional al IUE, el 25%".

La disposición única final señala que "la alícuota adicional del IUE para las entidades de intermediación financiera, será aplicable a las utilidades resultantes a partir de la gestión 2017".