Por unanimidad, el máximo tribunal revocó una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había suspendido como medida cautelar la readecuación tarifaria. La Corte anuló el fallo al considerar que "carecen de legitimación quienes iniciaron la causa para actuar en representación de todos los usuarios".
Fuente: Urgente24
   
Con sus 5 miembros, el tribunal falló en contraposición a lo fijado por la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien había dictaminado por avalar un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata que frenó los aumentos. La Corte Suprema habilitó este martes los aumentos en las tarifas de la energía eléctrica dispuestos por el Gobierno en la provincia de Buenos Aires al revocar un fallo de una Cámara Federal que los había suspendido como medida cautelar.
 
En un fallo unánime, con el voto de sus 5 integrantes, el máximo tribunal anuló la sentencia de la Cámaram Federal de La Plata al entender que quienes iniciaron la causa carecen de legitimación para actuar en representación de todos los usuarios. De esta manera, la Corte no se pronunció sobre la cuestión de fondo, que es la constitucionalidad de los aumentos.
 
La demanda había sido presentada por un grupo de diputados de la provincia de Buenos Aires, el Secretario general de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires y el Partido Justicialista de la provincia de Buenos Aires.
 
De acuerdo al Centro de Información Judicial, la Corte dijo que los Diputados presentantes, el Secretario General de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y el Partido Justicialista de dicho Estado carecen de legitimación para actuar en representación del colectivo conformado por todos los usuarios del servicio de energía eléctrica del ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires.
 
En cuanto a la presentación del Club Social y Deportivo "12 de octubre", que también adhirió a la demanda, la Corte dijo que si bien no invoca la calidad de representante de todos los usuarios de la provincia, y por ende no los puede representar, se reenvían las actuaciones al juez de primera instancia para que verifique si dicho club representa a alguna categoría determinada de clubes de barrio o de pueblo.
 
El tribunal falló en contraposición a lo fijado por la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien había dictaminado por avalar un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata que frenó los aumentos.
 
Gils Carbó había dictaminado a favor de confirmar la sentencia que suspendió los aumentos en las tarifas de luz en la provincia de Buenos Aires.
 
La funcionaria consideró que la falta de audiencia pública restringió los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores.
 
El dictamen hizo hincapié en el carácter "provisorio" de la medida, cuyo plazo se limita a tres meses desde el otorgamiento, y en las presentaciones realizadas por otros actores en la causa y en distintos expedientes referidos al mismo tema.
 
Además, la funcionaria advirtió que por las decisiones tomadas por el Gobierno nacional, los usuarios residenciales debieron hacer frente a aumentos de hasta el 500% y los usuarios comerciales e industriales de entre el 600 y el 750%.
 
Gils Carbó consideró que corresponde confirmar el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que, tras revocar la sentencia de primera instancia, había hecho lugar a la medida cautelar que suspendió las resoluciones 6/2016 y 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería y la resolución 1/2016 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad para el ámbito de la provincia de Buenos Aires.