El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), conforme señala el Código Tributario vigente, con el fin de que los contribuyentes grandes, medianos y pequeños puedan pagar su deuda impositiva y acogerse a las Facilidades de Pago a una tasa del 4% de interés anual y un descuento de la sanción de la multa de un 60%, habilitó formularios fáciles de llenar y presentar, se informó.
FUENTE: JORNADA

El presidente del SIN, Mario Cazón Morales, remarcó que los formularios 8000-1, 8000-2 y 8000-3 son de fácil manejo y utilización. "Queremos brindar facilidades y comodidades –sostuvo- para que los contribuyentes puedan resolver sus adeudos tributarios en el marco de la Ley 812".

El primer formulario número 8000-1 está destinado a los contribuyentes para la solicitud de facilidades de pago de la deuda tributaria. Para ese fin, el contribuyente deberá apersonarse a la Plataforma de Facilidades de Pago de la Gerencia Distrital o Grandes Contribuyentes (GRACO) de su jurisdicción. El segundo formulario 8000-2 es de control interno para que la institución llene los adeudos del contribuyente y el tercer Formulario 8000-3 es el que refleja el adeudo que deberá ser cancelado por el contribuyente en el sistema bancario.

Si la deuda es hasta Bs 100 mil, el contribuyente deberá depositar el monto en una entidad bancaria autorizada sólo el 10% de la misma para acogerse a las facilidades de pago (5% corresponde a la cuota inicial y el otro 5% a la garantía). Si la deuda es superior a Bs 100 mil, el contribuyente deberá depositar el 15% del monto de la deuda para beneficiarse con las facilidades de pago. "De esta manera – agregó el Presidente Ejecutivo del SIN- se pone en vigencia de manera práctica lo que establece la Ley 812 para que el contribuyente pueda pagar o acogerse a las Facilidades de Pago con estos formularios de fácil manejo y utilización".

Premios

Asimismo, una disposición fijará las condiciones para reconocer y premiar al buen contribuyente, al usuario y consumidor de bienes y servicios. La Ley No. 812 de Reformas al Código Tributario dispone que la Administración Tributaria establecerá mecanismos de incentivos a la facturación y la generación de cultura tributaria. Para ello, se prevé la transferencia de mercancías comisadas y/o abandonadas. Con este fin "Impuestos Nacionales está trabajando, por ejemplo, para implementar una lotería de facturas, para que el comprador y el consumidor (de bienes y servicios), pueda participar con el único requisito de contar con el número de factura", afirmó Cazón. Las modificaciones al Código Tributario establecen que serán reconocidos los contribuyentes, usuarios y consumidores con premios e incentivos utilizando un sistema de sorteos (loterías de facturas), juegos, actividades lúdicas, ferias y otros que tendrán que implementarse de acuerdo a norma específica.