El Gobierno, a través del ministro de Economía y Finanzas, Luis Arce, recomendó a los gobiernos subnacionales departamentales, municipios y universidades públicas que consideren que no cuentan con los recursos económicos suficientes que no asuman el incremento salarial del 6% establecido en el Decreto Supremo 2748.
Fuente: PÁGINA SIETE

El titular de Economía y Finanzas explicó que el decreto de incremento salarial es muy claro, y establece que las instituciones autónomas, gobiernos departamentales, municipales y las propias universidades públicas "van a poder hacer el incremento de acuerdo a su capacidad y disponibilidad financiera”.

De acuerdo a la disposición final cuarta del Decreto Supremo, "los gobiernos autónomos departamentales y municipales y sus respectivas instituciones desconcentradas y descentralizadas, conforme establece la Constitución Política del Estado y su artículo 113 de la Ley 031 del 19 de julio de 2010 de Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Ibañez, podrán fijar incrementos salariales de hasta el 6% en el marco de parámetros del presente decreto, de acuerdo a su disponibilidad y sostenibilidad financiera”.

En la disposición final sexta se establece que "el incremento salarial para el sector privado y la aplicación del salario mínimo nacional (que subió a 1.805 bolivianos) establecidos en (...) el presente Decreto serán reglamentados por el Ministerio de Trabajo”. Es decir que las entidades privadas están en la obligación de cumplir con el incremento salarial previsto por el Gobierno.