RÍO — El mercado brasileño de petróleo y gas teme que la renovación de los acuerdos para evitar la doble imposición entre Brasil y los países socios pueda generar lagunas para la recaudación de nuevos impuestos.
La preocupación radica en que, con las actualizaciones de los textos, uno de los países podría encontrar margen para crear nuevos impuestos a la industria. Las dudas surgieron tras la publicación en marzo de este año del decreto que contiene el acuerdo para eliminar la doble imposición entre Brasil y Noruega, firmado en noviembre de 2022. Antes de su publicación final, el texto fue aprobado por el Senado Federal y la Cámara de Diputados.
La nueva redacción diferenciaba entre contratos para plataformas (FPSO) y buques de apoyo, una división que no existía en la versión anterior del acuerdo, redactada originalmente en la década de 1980. Según los expertos, esta diferencia en el tratamiento de los buques del sector podría generar lagunas para la imposición de impuestos a los FPSO en Brasil, ya que estos activos no tributan en Noruega. “Esta es la primera vez que esto se incluye en un tratado firmado por Brasil. Hasta donde sabemos, este es el primer tratado de doble imposición que aborda este tema de forma objetiva, mencionando específicamente los tipos de embarcaciones y las actividades offshore”, explica Tiago Severini, de Vieira Rezende Advogados.
Definición como establecimiento permanente
Según el decreto, las plataformas propiedad de empresas noruegas que operan en Brasil pueden caracterizarse como “establecimientos permanentes”, un término técnico en el lenguaje de los tratados que significa que Brasil puede cobrar impuesto sobre la renta por dicha actividad. En la práctica, el texto establece criterios objetivos para la tributación de un establecimiento permanente por parte de Brasil, en el caso de los activos de empresas noruegas.
Sin embargo, en el caso de las embarcaciones de apoyo, no existe tal clasificación, lo que indica que Brasil no podría gravar a las unidades noruegas que operan en aguas brasileñas. Para el abogado, el mensaje general del nuevo tratado es positivo e indica la intención de fortalecer las relaciones entre ambos países. Sin embargo, Severini enfatiza que la distinción entre buques es una novedad, ya que, en general, ambos tipos de embarcaciones que prestan servicios a la industria del petróleo y el gas natural suelen tener un tratamiento fiscal similar, con diferencias únicamente en materia regulatoria.
“La principal preocupación es si esto implica algún tipo de cambio en el enfoque de este asunto. Por parte de Brasil, sería aún más preocupante, ya que el país nunca ha entendido que estos buques tributaban como establecimientos permanentes”, añade Severini. Actualmente, las FPSO que operan en el país y que son propiedad de empresas extranjeras no pagan el impuesto sobre la renta brasileño. Sin embargo, una posible carga podría alcanzar el 34%, según el abogado.
Severini explica que la legislación brasileña ya prevé que los activos calificados como establecimientos permanentes pueden estar sujetos al impuesto sobre la renta. Por lo tanto, cualquier posible tributación dependería únicamente de la Hacienda Pública. Los acuerdos no crean nuevas jurisdicciones, afirma el ministerio.
Al ser contactado, el Ministerio de Hacienda aclaró que los tratados para evitar la doble imposición no crean jurisdicciones fiscales, sino que simplemente definen los límites para que el país aplique la legislación fiscal nacional. “El nuevo acuerdo regula las situaciones en las que las actividades offshore realizadas en un Estado contratante pueden tributar en dicho Estado, siempre que su legislación nacional lo permita”, explicó el ministerio en una nota.
“Asimismo, el acuerdo garantiza a las empresas que hayan tributado, según sus términos, el derecho a compensar los impuestos ya pagados en uno de los Estados, evitando así la doble imposición”, añadió. Es hora de renovar los tratados bilaterales La renovación del acuerdo con Noruega se produce en un contexto de renovación de los tratados de doble imposición por parte de Brasil.
Dado que la mayoría de los acuerdos de este tipo se firmaron en la década de 1990, época de intensificación del multilateralismo, muchos necesitan ser actualizados. “Esta tendencia reciente de Brasil ha ido en esta dirección, por lo que el lenguaje se renueva, sin grandes cambios”, explica Severini.
En el caso de Noruega, el acuerdo anterior databa de 1981. El objetivo es aumentar la seguridad jurídica. El embajador de Noruega en Brasil, Odd Magne, afirma que el objetivo de la renovación era precisamente ofrecer mayor seguridad jurídica a los inversores y empresas que operan entre Brasil y Noruega, mediante la modernización de las normas tributarias y de conformidad con los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
La actualización surgió de la necesidad de modernizar la asignación de derechos tributarios, combatir las prácticas abusivas de planificación fiscal y adaptar el acuerdo a las nuevas dinámicas económicas, en particular en sectores estratégicos como el petróleo y el gas, proporcionando. "Estas medidas generarán mayor seguridad jurídica y fomentarán la inversión bilateral", explicó Magne a la agencia Axis a finales de abril. Según el embajador, la expectativa es aumentar el atractivo del mercado brasileño para las inversiones noruegas, facilitando las operaciones y reduciendo los costos fiscales.
"Estas medidas crean un entorno empresarial más predecible y atractivo para las inversiones a largo plazo, especialmente en sectores con uso intensivo de capital, fortaleciendo así la cooperación bilateral en los sectores de electricidad, petróleo y gas", afirmó.
Fuente: Axes