Actores del sector advierten que aún no se cuenta con el diésel ni las gasolinas con 10 ppm de azufre requeridas para aplicar la norma. El Gobierno del Perú, a través del Decreto Supremo N.º 011-2025-EM, ha oficializado la modificación del artículo 4 y la disposición transitoria única del Decreto Supremo N.º 014-2021-EM, aplazando los plazos para la comercialización y uso obligatorio de combustibles líquidos con contenido de azufre no mayor de 10 partes por millón (ppm), condición fundamental para la implementación del estándar Euro 6 en el país.
Esta medida se toma en respuesta al retraso en la adecuación de las refinerías e infraestructura logística, así como a la presentación incompleta de cronogramas por parte de las empresas obligadas, según lo previsto en el Decreto Supremo N.º 003-2024-EM. El objetivo es evitar escenarios adversos en el abastecimiento energético nacional y garantizar una transición sostenible y técnica hacia combustibles más limpios. Sin embargo, precisó que “la recientemente modernizada refinería de Talara aún no está en condiciones de suministrar este tipo de combustible”, ya que “se requieren inversiones adicionales para modificar las unidades de hidrotratamiento de diésel y gasolina craqueada. Estas modificaciones estarán operativas recién en el segundo semestre de 2026 para las gasolinas y en el segundo semestre de 2027 para el diésel”.
¿Qué implica el Euro 6 y por qué es importante? El estándar Euro 6 es una normativa ambiental europea que establece límites estrictos para las emisiones de vehículos nuevos, especialmente de óxidos de nitrógeno (NOx), hidrocarburos no quemados, monóxido de carbono (CO) y material particulado (PM). Para cumplir este estándar, es indispensable que los combustibles tengan un contenido de azufre igual o inferior a 10 ppm, ya que valores más altos afectan la eficacia de los sistemas de reducción de emisiones, como los filtros de partículas y los catalizadores selectivos.
Tarazona advierte que la postergación no es menor: “El incumplimiento reiterado de los plazos establecidos para contar con combustibles de calidad e implementar la norma Euro 6 evidencia claramente la dificultad que enfrentamos como país para cumplir nuestros compromisos internacionales de reducción de emisiones contaminantes, y, en consecuencia, para avanzar en la mejora de la salud pública”. La actualización del marco normativo y técnico para el ingreso de tecnologías vehiculares más limpias. La aplicación de incentivos tributarios para facilitar la importación y venta de vehículos eléctricos e híbridos. La implementación de subsidios operativos para modernizar el transporte público, hacerlo menos contaminante y más eficiente. La creación de condiciones adecuadas para el desarrollo de infraestructura de carga y mantenimiento. Nuevo decreto 011-2025-EM: modificaciones en plazos y uso obligatorio de combustibles limpios Con la promulgación del Decreto Supremo N.º 011-2025-EM, se modifica el cronograma previsto originalmente en el DS N.º 014-2021-EM, y se establecen nuevas fechas improrrogables para la comercialización y uso obligatorio de diésel, gasolinas y gasoholes con 10 ppm de azufre como máximo, a nivel nacional.
Estas fechas, contenidas en un anexo visual adjunto al decreto, responden a una evaluación técnica del nivel de avance de la infraestructura nacional. larepublica.pe Además, se modifica la disposición transitoria única, extendiendo hasta el 30 de junio de 2026 la comercialización de gasolina de 84 octanos en el departamento de Loreto, donde representa aproximadamente el 75% de la demanda total de gasolinas.
Según el análisis del Ministerio de Energía y Minas (Minem), el diferencial de precios con la gasolina regular es de S/1,91 por galón, por lo que una eliminación abrupta afectaría negativamente a los consumidores locales. No obstante, y según informó a inicios de año La República, Petroperú comunicó que no podrá garantizar la producción de combustibles con un contenido de azufre de hasta 10 ppm antes de finales de 2027.
“Tenemos que hacer una transformación en la unidad de los tratamientos de diésel y de gasolina, y para ello estamos trabajando”, aseguró Óscar Vera, gerente Corporativo de la Refinería Talara. “Probablemente solicitemos la ampliación, ya lo hemos hecho, para poder tener todo listo en 2027 (...), pero estamos trabajando con la idea de cumplir con la norma en el momento que se dé”. Esta situación llevó a la AAP a solicitar que la importación de vehículos con estándares internacionales se aplace hasta julio de 2028, ya que sin combustibles adecuados, la introducción de estos vehículos sería inviable.
“La falta de combustibles limpios en el país impide la importación de vehículos que cumplen con la norma Euro 6”, señaló Tarazona. “Esto afecta negativamente el desarrollo de toda la cadena logística vinculada a la promoción de un medio ambiente saludable”. Obligaciones y fiscalización en la implementación de la norma Euro 6 El nuevo decreto también establece plazos específicos y obligatorios para los distintos actores de la cadena de suministro de combustibles:
Refinerías, plantas de abastecimiento e importadores deberán presentar un nuevo cronograma de adecuación al Minem dentro de los 20 días hábiles posteriores a la publicación del decreto. El Minem remitirá los cronogramas a Osinergmin, en un plazo de 10 días hábiles, para su fiscalización y seguimiento. Productores, importadores, terminales y distribuidores mayoristas tendrán 60 días calendario desde las fechas establecidas para cumplir con el uso y comercialización de combustibles de bajo azufre.
Estaciones de servicio y consumidores directos contarán con 60 días adicionales para adecuarse a la nueva normativa. Las empresas sujetas al DS N.º 003-2023-EM, que regula la operación de instalaciones estratégicas, deberán presentar planes de acción concretos y medibles con indicadores de producción de combustibles Euro 6 ante OSINERGMIN, en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la vigencia de la norma.
Tarazona agrega: “La ausencia de combustibles limpios en el país —específicamente diésel con un contenido máximo de 10 partes por millón de azufre (CS10)— imposibilita la importación de vehículos Euro 6, ya que estos requieren obligatoriamente dicho combustible para operar adecuadamente”.
Avances y desafíos técnicos en la implementación de la norma Euro 6 en Perú Pese a la ampliación de plazos, el Decreto Supremo N.º 011-2025-EM no representa una marcha atrás en la implementación del estándar Euro 6, sino una decisión técnica para garantizar su aplicación eficaz y sostenible.
La norma hace énfasis en que los nuevos plazos son definitivos y no prorrogables, y que las medidas adoptadas están alineadas con los objetivos de salud pública, sostenibilidad y seguridad energética del país. “El mercado mundial de fabricación de vehículos automotores tiende a migrar hacia tecnologías menos contaminantes, como los vehículos eléctricos, híbridos y aquellos que cumplen con la normativa Euro 6”, subrayó Tarazona.
Sin embargo, aclara que la falta de fechas claras y concretas para la disponibilidad de combustibles limpios en el país genera desconfianza entre los fabricantes internacionales, quienes optan por restringir el ingreso de nuevos modelos avanzados a mercados que, como el peruano, no están adecuadamente preparados para recibirlos. Sobre el impacto en la salud pública, advirtió: “El costo más significativo de no contar con combustibles limpios y un parque automotor moderno se refleja en la salud pública”, citando que el 58% de la contaminación por PM2.5 en Lima y Callao proviene del parque automotor, especialmente buses y camiones diésel antiguos.
Finalmente, recordó que “las proyecciones actuales indican que, en lugar de disminuir, podríamos estar un 40% por encima de la meta establecida para 2030” en relación con las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), lo que demuestra —según sus palabras— “una falta de conciencia y acción frente al avance del cambio climático”.
Fuente: La Republica