Desde Colombia se informó este miércoles, 13 de noviembre, que volvería a vender energía a Ecuador. Según el medio colombiano Blu Radio, el Ministerio de Minas y Energía “está listo para firmar una resolución que permitirá reanudar las exportaciones”.
La cartera de Estado del vecino país publicó un proyecto de resolución en el cual se habla de “reactivar las exportaciones de electricidad y se modifica la Resolución 40410 de 2024 que adopta medidas transitorias para garantizar la demanda nacional″.
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El pasado 30 de septiembre, el Ministerio de Minas y Energía de Colombia anunció que suspendía la exportación de energía a Ecuador debido al bajo nivel de sus embalses, que en ese entonces se encontraban 16 puntos por debajo de la meta de invierno. Esto fue establecido en la Resolución 40410 emitida ese ese día.
“Se suspendieron las exportaciones de energía debido al déficit hidrológico que habían tenido los embalses del país los meses de julio, agosto, septiembre y octubre, con menos del 60 % de los aportes medios históricos”, se indica en el documento. En los últimos días se han registrado fuertes lluvias en el vecino país y ha permitido una mejora en los embalses.
De acuerdo con la empresa XM, que opera el Sistema Interconectado Nacional (SIN) y administra el Mercado de Energía Mayorista (MEM) de Colombia, los embalses al 12 de noviembre se encuentran en el 62 % de capacidad y, de acuerdo al Ministerio de Minas y Energía, deben finalizar en noviembre con 67,77 %. En el proyecto de la nueva resolución se menciona que las exportaciones se “realizarán únicamente haciendo uso” de las alternativas de generación que no afecten la demanda local.
De acuerdo con el documento, a Ecuador venderían electricidad producida a través de generación termoeléctrica y mencionan las siguientes:
De la generación de plantas térmicas que operen con combustibles líquidos. De la generación de plantas térmicas despachadas centralmente. De la generación de cualquier planta del Sistema Interconectado Nacional (SIN) aplicando las reglas establecidas en las Resoluciones CREG 004 de 2003, GREG 014 de 2004, CREG 025 de 1995, CREG 112 de 1998, o aquellas que la modifiquen o sustituyan. La reactivación de las exportaciones de energía para Ecuador se hará cuando entre en vigencia la resolución, y eso será cuando sea publicado en el Diario Oficial, que en Ecuador es el Registro Oficial.
Fuente: El Universo