por daños y perjuicios cometidos por la estatal ecuatoriana. La controversia surgió ante la diferencia sobre la tarifa a pagar por el volumen de crudo producido.
La información la difundió la Revista de Arbitraje de la Comunidad Iberoamericana, Ciar Global, la cual fue replicada por el consultor geopolítico energético, Nelson Baldeón.
Servicios Petroleros Igapó S.A. es una empresa en Ecuador, con sede principal en Quito, que realiza actividades de apoyo para operaciones de petróleo y gas. Es parte de Halliburton, una corporación estadounidense que se dedica a la prestación de servicios en los yacimientos petroleros y, actualmente, desempeña su labor en más de 70 países.
El arbitraje se interpuso en 2021 En 2021, Igapó interpuso ante la Corte Permanente de Arbitraje (CPA), una demanda en contra de Petroecuador por daños y perjuicios, tomando en cuenta el Reglamento de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional.
Igapó obtuvo, en 2016, la concesión de contratos de servicios para los campos petroleros de Lago Agrio, Palo Azul, Pucuna y Víctor Hugo Ruales.
Para esa época, Petroecuador, que era conocida como Petroamazonas, mantenía la operación de los activos y el Estado se comprometía al pago de una tarifa por barril extra producido.
La controversia surgió ante la diferencia sobre la tarifa a pagar por el volumen de crudo producido.
Tribunal de Arbitraje falló a favor de Igapó El Tribunal de Arbitraje conformado por Dyalá Jiménez Figueres (presidenta) y José Martínez de Hoz y Eduardo Damião Gonçalves como coárbitros, emitió el laudo.
El fallo, del 2 de agosto pasado, favoreció a Igapó por daños y perjuicios cometidos por Petroecuador.
A la par, la estatal ecuatoriana enfrenta otro arbitraje ante la CPA que aún no ha sido resuelto.
La demanda fue interpuesta en 2021 por la filial de la francesa Schlumberger, Kamana Services (actual Shaya Ecuador), por las mismas circunstancias.
¿Ineficiencias? Según Baldeón, las ineficiencias en la redacción de los contratos, en la operación y la inseguridad jurídica ubicaron a Halliburton en una mejor situación judicial en relación a la estatal Petroecuador.
Baldeón señaló que el tipo de contrato de prestación de servicios específicos es perverso, y se presta para abusar del contratista. Incluso, otras empresas que mantienen este tipo de contrato también iniciaron arbitrajes contra la estatal ecuatoriana.
El consultor sugirió al Ministerio de Energía y Minas que deje de lado los contratos de prestación de servicios y se enfoque en los de participación, en los que el Estado puede tener hasta un 80% de ingresos.
Fuente: Radio