La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 3.800 UTM aplicada la Compañía General Electricidad (CGE), por interrupciones en el suministro de energía en la comuna de Curarrehue, región de la Araucanía.
En fallo unánime (causa rol 487-2022), la sexta sala del tribunal de alzada rechazó con costas, el reclamo de ilegalidad deducido por CGE en contra de las resoluciones exentas dictadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
“Es relevante considerar, como lo establece la resolución impugnada, que las interrupciones que constituyen las infracciones sancionadas no fueron causadas por fuerza mayor o caso fortuito, sino que se produjeron en un ‘estado normal’, en los términos definidos en las disposiciones contenidas en la Norma Técnica de Calidad de Servicio para Sistemas de Distribución, considerando los recursos necesarios y suficientes para prestar el servicio de distribución eléctrica de acuerdo a las exigencias de calidad establecidas en dicha regulación”, expuso el tribunal de alzada capitalino en su dictamen.
“Por lo tanto, solo cabe concluir que la reclamada ha actuado con estricto apego a la normativa que la rige, descartándose, en consecuencia, este capítulo de ilegalidad denunciado por la reclamante; tanto respecto de la falta de tipicidad como respecto de la calificación de la infracción como gravísima”, afirmó la resolución.
Fuente: MCH