La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) mediante una resolución disminuyó de 15% a 10% el límite de inversiones que pueden realizar las entidades de intermediación financiera del país en el exterior.
Mediante Resolución ASFI/145/ 2021 de 26 de febrero la entidad reguladora aprobó y puso en vigencia las modificaciones al Reglamento de Inversiones en Activos Fijos y Operaciones con Entidades del Exterior.

En su parte considerativa la resolución concluye “que es viable la reducción del límite de inversiones y depósitos a la vista en el exterior del 15% al 10% sin comprometer los recursos que se requieren para realizar las operaciones de comercio exterior y con el propósito de que las entidades de intermediación financiera, con la reducción de activos que mantienen en el exterior, los mismos pasarían a formar parte de los recursos prestables en el país”.

De esa manera se podrá contrarrestar la ralentización en la dinámica de colocación de créditos causada por la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19 y en procura de coadyuvar en el proceso de reactivación económica este año.

Fuente Página Siete

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