El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) reglamentó el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000001, emitida el 8 de febrero, la cual dispone que este nuevo tributo debe ser pagado entre marzo y abril de cada año por personas naturales,
quienes poseen una fortuna neta acumulada mayor a 30 millones de bolivianos o su equivalente en moneda extranjera.

El presidente del SIN, Mario Cazón Morales, especificó que las personas naturales, residentes en el país, con una fortuna neta acumulada situada o colocada en el territorio nacional y/o en el exterior mayor de 30 millones de bolivianos, deben pagar este nuevo tributo hasta el último día hábil de marzo de cada año.

Mientras que las personas nacional o extranjera que no residen en el país, pero poseen en Bolivia una fortuna neta mayor de 30 millones de bolivianos, deben pagar el IGF hasta el último día hábil de abril de cada año.

Fuente: El Diario

Lea la noticia