El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) determinó que el pago del Impuesto a las Grande Fortunas (IGF) debe ser efectuado entre los meses de marzo y abril por personas naturales, residentes en el país, con una fortuna neta acumulada situada o colocada en el territorio nacional y/o en el exterior mayor de Bs 30 millones.
Son residentes todas las personas nacionales o extranjeras que permanezcan más de 183 días en territorio nacional, en forma continua o discontinua, en un año.
El presidente del SIN, Mario Cazón, explicó que las personas que paguen este nuevo tributo debe inscribirse en Impuestos Nacionales.
“El contribuyente debe inscribirse en Impuestos Nacionales a través de una plataforma que se ha creado (…) a partir del registro debe pagar de forma anual el impuesto a las grandes fortunas”, manifestó Cazón.
Fuente: Página Siete
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