El Decreto, de ocho artículos y tres disposiciones generales, tres transitorias y tres finales, señala que Petroecuador tendrá por objetivo principal la gestión del sector estratégico de los recursos naturales no renovables e intervendrá en todas las fases de la actividad hidrocarburífera, "bajo condiciones de preservación ambiental y de respeto a los derechos de los pueblos".
Su directorio estará conformado por el titular del Ministerio de Energía o su delegado, quien lo presidirá; el presidente del Directorio de la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas y el presidente de la República o su delegado.
El patrimonio de la empresa estará conformado por las acciones y los bienes de las que antes fueron Petroecuador solo y Petroamazonas. Además, los sistemas de contratación de Petroecuador se someterán a la Ley Orgánica de Contratación Pública, con excepción de las diversas fases de la actividad hidrocarburífera que se regirá por la normativa prevista en la Ley de Hidrocarburos.
Hasta el 20 de mayo de este año, Petroecuador deberá emitir la normativa necesaria para los procesos de absorción y traspaso. Hasta el 31 de enero de este año, deberá realizar las gestiones necesarias para asumir los derechos y obligaciones de Petroamazonas. (I)
Fuente: El Universo