La disposición señala que la cancelación de dicho beneficio debe realizase en efectivo hasta el 21 de diciembre de manera impostergable.
“El pago del aguinaldo en el sector privado, debe realizarse hasta el lunes 21 de diciembre de 2020 impostergablemente, bajo sanción de pago doble en caso de incumplimiento, además de elevarse una multa por infracción a ley social en los casos que corresponda”, expresa el comunicado.
Fuente: Los Tiempos
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