Existe un nuevo paradigma energético en el mundo, que lleva a ofrecer a los consumidores, por cuestiones de salud y de medio ambiente, combustibles más funcionales a esos objetivos
Los combustibles minerales no solo hacen daño al ambiente, sino que también lo generan sobre la salud pública
Por ello, paulatinamente se van estableciendo normas que determinan plazos de vencimiento del uso de los mismos en importantes países del mundo. En 2006 se sancionó en Argentina la Ley 26.093, que promueve la producción, comercialización y uso sustentable de biocombustibles, la que fue reglamentada por Decreto 109/07
Posteriormente, la misma fue complementada por Ley 26.334 y una serie de normas emitidas por el Poder Ejecutivo
Esa normativa permitió la creación de una importante capacidad de producción de biocombustibles para abastecer el mercado interno, mientras que el complejo exportador de biodiesel, se venía desarrollando en forma paralela, sin depender de esa normativa. La medida más importante establecida por el mencionado régimen, fue el establecimiento de un mandato de corte para que todas las naftas y el gasoil comercializado en Argentina, tuvieran como mínimo un 5% de bioetanol y de biodiesel
Con el tiempo, ese porcentaje fue creciendo, para ubicarse hoy en el 12% y 10% respectivamente. Sin embargo, han existido errores y omisiones muy importantes por parte de las distintas gestiones que tuvieron a cargo la administración de las facultades de la autoridad de aplicación en la materia, los que han impedido un cumplimiento riguroso de esa exigencia y han sido consecuencia de recurrentes crisis, que afectaron negativamente la economía de los productores de biocombustibles, poniendo a muchas empresas al borde de la bancarrota
No obstante, el programa referido permitió un desarrollo medianamente importante para el país. El mismo, además de diversificar la matriz energética nacional, contribuye a: – Dar cumplimiento de las metas de ahorro de gases efecto invernadero -causantes del cambio climático global-, en el marco de los compromisos internacionales asumidos por nuestro país
Por ejemplo, en el caso del bioetanol de maíz, la reducción de la huella de carbono es superior a un 70 % promedio
A la mejora de la salud pública, reduciendo las emisiones dañinas que generan la quema de combustibles minerales. – Industrializar materias primas agropecuarias en origen, con el consiguiente impacto positivo en la generación de empleos. – Sustituir importaciones, abriendo nuevas posibilidades para lograr una buena cantidad de empleos sustentables -principalmente en zonas extrapampeanas-, incluso mejorando el balance de divisas en muchas ocasiones. – Diversificar el destino de nuestras exportaciones El 12 de mayo de 2021, expira la vigencia del citado régimen, aunque el mismo otorga la facultad al Poder Ejecutivo de computar los quince años de duración estipulados, desde el inicio del mandato de corte -ocurrido en 2010-, por lo que esa vigencia puede prorrogarse hasta el 31 de diciembre de 2024. Hacia el interior de la industria argentina de biocombustibles existen dos posiciones definidas al respecto: La de aquellos que promueven la extensión de la Ley 26.093 y la de los que promueven la sanción de una nueva ley. Considero que es fundamental lograr esto último, a pesar del escaso tiempo disponible hasta el vencimiento de la actual ley. Las razones para sostener esta posición, son las siguientes: 1. Han transcurrido más de catorce años desde la sanción de la Ley 26.093, hecho que aconseja una revisión, más aún considerando que el foco del régimen de promoción instituido por ella, está vinculado a una industria nueva, donde se registran rápidos avances científicos y tecnológicos. 2. Los graves problemas registrados a lo largo de la vida del régimen, derivados de la administración estatal del mismo, hacen aconsejable contar con una legislación más autónoma, que limite los grados de libertad de la autoridad de aplicación y que al mismo tiempo, minimice la judicialización de las controversias, que actualmente alcanza altos niveles, como consecuencia de los citados problemas. 3. Es necesario establecer un sendero de crecimiento del contenido de biocombustibles en las mezclas con combustibles minerales, que sea previsible y que facilite la incorporación de programas como el de Flex Fuel, para introducir en el país vehículos aptos para usar nafta con distintos cortes con bioetanol -por ejemplo, un E27,5-, e incluso bioetanol cortado con 15% de nafta –E85-
Debe promoverse el desarrollo de programas regionales de uso de biocombustibles puros. 5. Debe generarse un fuerte compromiso para con la investigación y desarrollo en distintos campos que puedan impactar positivamente en el futuro de los biocombustibles, mejorando su eficiencia a lo largo de su cadena de valor. El Poder Ejecutivo y el Congreso de la Nación, junto con las provincias deben lograr un gran acuerdo a la brevedad, para consolidar a los biocombustibles en el marco de una política de estado para los próximos quince años. (*) Director Ejecutivo de la Asociación Argentina de Biocombustibles e Hidrógeno. CM/MAF/JC/CJ NA. Fuente: Grupo La Provincia.
Fuente: La Provincia