LOS TIEMPOS
El Artículo 1 de la norma amplía el plazo para la realización de los comicios “a 169 días computables a partir del 3 de mayo de 2020, por lo que el plazo máximo para la realización de las elecciones será hasta el domingo 18 de octubre de 2020”.
En el Artículo 2 fija que “el Ministerio Público de oficio, iniciará proceso penal contra quienes, por cualquier medio, pretendan cambiar o cambien la fecha definitiva, impostergable e inamovible de las elecciones a realizarse hasta el domingo 18 de octubre de 2020”.
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