Pemex Transformación Industrial (TRI) solicitó un amparo referente a la política de almacenamiento de petrolíferos que entró en vigor el pasado 1 de julio. El 7 de julio, la filial de la petrolera nacional inició un trámite de amparo en contra de la Comisión Reguladora de Energía (CRE). El recurso fue presentado ante el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones.
En el expediente del Consejo de la Judicatura Federal se lee que Pemex TRI busca ampararse de la “obligación de rendir informes de volúmenes de inventario mínimos de petrolíferos en la primera quincena del mes de junio de 2020, contenida en los numerales 5.3.3, 5.3.9 del Acuerdo que modifica el diverso por el que se emite la Política Pública de Almacenamiento Mínimo de Petrolíferos”.

La política de almacenamiento establece que los comercializadores y distribuidores de gasolinas y diésel tienen la obligación de contar con un inventario mínimo de combustible equivalente a cinco días de venta en los próximos seis años -2020 a 2025-. Los participantes del mercado de diésel deberán cumplir con una obligación de tres días.

El numeral 5.3.3 se hace referencia al cálculo del nivel de inventarios mínimos obligatorios y en este se lee que a partir del 1 de julio pasado todos los permisionarios debían tener un volumen de inventario mínimo equivalente al promedio de las ventas de petrolíferos durante el semestre comprendido de noviembre de 2019 a mayo de 2020, multiplicado por los días a los que están obligados.

El 5.3.9 establece que, en la primera quincena de 2020, los permisionarios deberán de notificar a la CRE la información correspondiente al primer periodo del cumplimiento de la política -de julio a diciembre de 2020-.

El juzgado no consideró urgente la solicitud de amparo de Pemex. “Este juzgador no considera como urgente el presente asunto, resérvese el pronunciamiento correspondiente”, se lee en una notificación del CJF.

Los dos juzgados especializados en competencia ya han declarado como no urgentes otras peticiones de compañías privadas para ampararse respecto a la política de almacenamiento.

Fuente: El Financiero - México