EL DÍA
el plazo para el envío de la información por contribuyentes que realizan la actividad de la construcción, con vencimiento en los meses marzo a diciembre 2019 y enero a noviembre de 2020.
“Esta medida no era la esperada pues la misma debía ser derogada por ser una resolución normativa inaplicable y que ha sido demostrada a los técnicos y ejecutivos del SIN”, respondió CABOCO, a requerimiento de El Día.
Además, menciona que ya en el mes de marzo está norma debía ser derogada según los compromisos del SIN y no así prorrogada. “Además que la CABOCO, SIB Y CAB ya habían consensuado esa información, demostrado que no era viable”, argumenta. /ILA
Lea la noticia