La Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Diputados aprobó ayer el proyecto de ley por el que el diferimiento automático del pago de créditos rige desde la Declaratoria de Emergencia por el Coronavirus (Covid-19) al 31 de diciembre de este año.
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La información fue proporcionada por la diputada Otilia Choque, presidenta de dicha comisión legislativa, quien destacó la aprobación del proyecto, porque señala de manera clara y contundente el tiempo del diferimiento de préstamos bancarios, de modo que no haya interpretaciones maliciosas.

El proyecto modifica el parágrafo I del Artículo 1 de la Ley No. 1294 de 1 de abril de 2020 “Ley Excepcional de Diferimiento de Pagos de Créditos y Reducción Temporal del Pago de Servicios Básicos” indicando que las entidades financieras deben realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses, y otro tipo de gravámenes del sistema crediticio nacional, desde la Declaratoria de Emergencia por la Pandemia del Coronavirus al 31 de diciembre de 2020.

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