EL DIARIO
Pero esta disposición -según la mencionada resolución ministerial- no es aplicable a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, sector salud y otras actividades que no pueden suspender su trabajo o que, por normativa vigente en el marco de la cuarentena por el Covid-19, están autorizadas a seguir con sus labores.
Para el caso concreto del sector público, el Ministerio de Trabajo estableció que su horario de ingreso y salida "debe ser escalonado, dividido en grupos con intervalos de media hora de diferencia, realizándose el ingreso a partir de las 07:30.
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