Pese a que en el Decreto Ejecutivo 1054 del 20 de mayo pasado, se disponía que las bandas empezarían a regir el 1 de julio, la ARCH informó este martes a los actores de la cadena de comercialización que “el cálculo y publicación de los precios se realizará a las 00:00 del día 11 de cada mes”. Esto, debido a que Petroecuador remitirá los costos del mes anterior el día 10 de cada mes.
De la misma manera, Petroecuador, que se encarga ahora de la fijación, informó que: “Dando cumplimiento con el Decreto 1054, la empresa pública realizará los cálculos y publicación de los precios y aplicará la vigencia de los mismos a partir del décimo día de cada mes”. De esta manera los consumidores de combustibles, así como los distribuidores, deberán aguardar unos días más para conocer cuáles serán los nuevos precios de derivados que ingresaron a un nuevo sistema de comercialización.
Sobre el tema, Eduardo Erazo, secretario ejecutivo de la Cámara de Distribuidores de Derivados de Petróleo (Camddepe), comentó que su sector se mantiene en la incertidumbre, pues hay varios temas confusos. No se entiende qué organismo va a fijar los precios, pues primero era la ARCH, luego se estableció que sería Petroecuador, pero ahora, según la comunicación recibida, parecería que es la ARCH nuevamente la encargada. Tampoco se entiende cómo se realiza el cálculo del precio. Comentó que de acuerdo con la tabla de subsidios, la gasolina extra y eco aparecen como no subsidiadas; mientras el diésel sí tiene un subsidio.
En todo caso, el cambio de fecha se explica porque para poder aplicar la fórmula ‘N-1’ que utiliza el precio del mes anterior, se requiere dar el plazo de los 10 primeros días, pues no es posible hacerlo antes. De todas maneras, la nueva fecha establecida para el cambio de precios se ha fijado coincidiendo con cambio de precios que hiciera Petroecuador el 11 de junio pasado. Estos cambios pasaron desapercibidos.
El precio de estos combustibles ha variado al alza, en este par de meses. Antes del Decreto 1054 del 20 de mayo, el precio de terminal de las gasolinas era de $1,16 y $0,90. El decreto reformó estos precios colocándolos en $1,40 y $0,77, respectivamente. Mientras que el 11 de junio subieron a $1,57 y $0,86. De acuerdo con Francisco Silva, vicepresidente de la Cámara de Distribuidores de Derivados de Petróleo (Camddepe), el precio del cual parten las bandas es más bajo que el que se tenía.
Es decir, la gasolina extra y la eco, por un lado, y el diésel, por otro, antes del 20 de mayo tenían un precio al público de $1,85 y $1,04; sin embargo, al entrar en vigencia el decreto, el precio se fijó en $1,75 y $1,00, respectivamente.
La fórmula de las bandas se basa en el precio del mes anterior y de acuerdo con el comportamiento del precio del crudo puede tener incremento o baja del 5 %. Nunca podrá ser menor al precio piso con el que se inició en mayo.
Para recordar, el Decreto 1054 del 20 de mayo pasado reforma el reglamento de regulación de precios de derivados de petróleo, expedido mediante el Decreto Ejecutivo 338, publicado en agosto de 2005, considerando un nuevo sistema de precios de mercado para los combustibles diésel 2, diésel premium, gasolina extra, y extra con etanol. Esto con respecto al segmento automotor.
Pero también aplica a gasolinas extra y eco para otras pesquerías y diésel premium y diésel 2 para los segmentos camaronero, atunero y otras pesquerías. Para la comercialización de estos combustibles se establece un sistema de bandas en el que interviene el valor para cubrir el costo de producción, así como el precio de venta en terminal del periodo anterior al del análisis y el precio de venta de terminal del periodo de análisis. En el cálculo intervienen el precio que registre el crudo Oriente y el del WTI. También se establece que el ancho de la banda será de+/-5%.
Fuente: El Universo - Ecuador