El Gobierno bajó en 10 puntos los niveles mínimos que los bancos múltiples, financieras de vivienda y bancos PYME deben reservar.
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Por medio del Decreto Supremo 4164, del 27 de febrero de 2020, el Gobierno decidió bajar los niveles mínimos de cartera que deben mantener los bancos múltiples para los créditos productivos y de vivienda de interés social, al pasar de 60% al 50% de su cartera, y dispuso que los bancos PYME bajen al 40% el mínimo de su cartera para préstamos a pequeñas, medianas y microempresas.

El artículo 4 del decreto (niveles mínimos de cartera), parágrafo I dice: “Los bancos múltiples deberán mantener un nivel mínimo de 50% del total de su cartera entre créditos destinados al sector productivo y créditos de vivienda de interés social, debiendo representar la cartera destinada al sector productivo cuando menos el 25% del total de su cartera”.

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