BOLIVIA
“De acuerdo con el Código Tributario Boliviano (Ley 2492), el contribuyente puede acogerse a planes de pago (“Facilidades de pago”) por deudas autodeterminadas por el mismo contribuyente y/o por la Administración Tributaria”, según el SIN.
En ese marco, los contribuyentes pueden abonar dicho pago en las entidades financieras autorizadas y en las ventanillas de cobranza habilitadas en gerencias y agencias del Servicio de Impuestos Nacionales en todo el país, en los horarios habituales.
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