El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) informa que este 30 de abril vence el plazo de pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) y presentación de estados financieros en físico y digital para las empresas de los sectores de comercio, servicios, seguros, banca y otros, que cerraron su gestión el 31 de diciembre de 2017.
FUENTE: EL MUNDO

El Decreto Supremo N.º 24051 de reglamento del IUE, de 29 de junio de 1995, dispone que los plazos para la presentación de la declaración jurada y el pago del IUE, cuando corresponda, vence a los 120 días posteriores al cierre de la gestión fiscal. Los contribuyentes del Régimen General deben presentar la declaración jurada a través de los formularios N.º 500, para empresas obligadas a llevar registros contables; 520, para empresas no obligadas a presentar registros contables; 501, para transportistas; y 510, para profesionales liberales u oficios.

Además, deberán prever la presentación del formulario 501 las personas naturales que prestan servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros y carga. Al contribuyente le conviene pagar hasta el lunes 30 de abril el IUE, porque le sirve como un pago a cuenta del IT por el periodo fiscal mayo 2018.