FUENTE: EL MUNDO
El Decreto Supremo N.º 24051 de reglamento del IUE, de 29 de junio de 1995, dispone que los plazos para la presentación de la declaración jurada y el pago del IUE, cuando corresponda, vence a los 120 días posteriores al cierre de la gestión fiscal. Los contribuyentes del Régimen General deben presentar la declaración jurada a través de los formularios N.º 500, para empresas obligadas a llevar registros contables; 520, para empresas no obligadas a presentar registros contables; 501, para transportistas; y 510, para profesionales liberales u oficios.
Además, deberán prever la presentación del formulario 501 las personas naturales que prestan servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros y carga. Al contribuyente le conviene pagar hasta el lunes 30 de abril el IUE, porque le sirve como un pago a cuenta del IT por el periodo fiscal mayo 2018.
El Decreto Supremo N.º 24051 de reglamento del IUE, de 29 de junio de 1995, dispone que los plazos para la presentación de la declaración jurada y el pago del IUE, cuando corresponda, vence a los 120 días posteriores al cierre de la gestión fiscal. Los contribuyentes del Régimen General deben presentar la declaración jurada a través de los formularios N.º 500, para empresas obligadas a llevar registros contables; 520, para empresas no obligadas a presentar registros contables; 501, para transportistas; y 510, para profesionales liberales u oficios.
Además, deberán prever la presentación del formulario 501 las personas naturales que prestan servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros y carga. Al contribuyente le conviene pagar hasta el lunes 30 de abril el IUE, porque le sirve como un pago a cuenta del IT por el periodo fiscal mayo 2018.