FUENTE: JORNADA
El presidente del SIN, Mario Cazón, informó que se hizo una rebaja sustancial de las contravenciones, de las multas por el incumplimiento a deberes formales de hasta casi un 50% en la mayoría de las obligaciones de deberes que tienen los contribuyentes. Remarcó que la decisión asumida es producto de la demanda de sectores del transporte, comercio, gremialistas y empresarios privados.
Precisó que el incumplimiento a los deberes formales hace referencia a la acción u omisión que se comete en el ejercicio de las obligaciones tributarias, como la inscripción en el registro de contribuyentes, la presentación de declaraciones juradas, la emisión de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes, elaboración de los registros contables, deberes relacionados a agentes de información o medios de control fiscal, entre otros. Citó como ejemplo que no actualizar la información proporcionada en el Registro de Contribuyentes anteriormente tenía una sanción hasta de 500 UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda) pero con la actual RND esa sanción rebaja a 150 UFV para personas naturales y 300 UFV para personas jurídicas.
En la anterior norma, la presentación de declaraciones juradas rectificatorias que incrementen el impuesto, después del vencimiento, era sancionada con el pago de hasta 400 UFV. Con la actual RND, se elimina esa sanción. La multa por el no envío de Libros de Compras y Ventas IVA era sancionado con una multa de hasta 2.000 UFV pero ahora esa sanción rebaja a 500 UFV para personas naturales y 1.000 UFV para personas jurídicas con la posibilidad de reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la información a los 20 días siguientes de notificado. Citó como ejemplo que no actualizar la información proporcionada en el Registro de Contribuyentes anteriormente tenía una sanción hasta de 500 UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda) pero con la actual RND esa sanción rebaja a 150 UFV para personas naturales y 300 UFV para personas jurídicas.
En la anterior norma, la presentación de declaraciones juradas rectificatorias que incrementen el impuesto, después del vencimiento, era sancionada con el pago de hasta 400 UFV. Con la actual RND, se elimina esa sanción. La multa por el no envío de Libros de Compras y Ventas IVA era sancionado con una multa de hasta 2.000 UFV pero ahora esa sanción rebaja a 500 UFV para personas naturales y 1.000 UFV para personas jurídicas con la posibilidad de reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la información a los 20 días siguientes de notificado.
El presidente del SIN, Mario Cazón, informó que se hizo una rebaja sustancial de las contravenciones, de las multas por el incumplimiento a deberes formales de hasta casi un 50% en la mayoría de las obligaciones de deberes que tienen los contribuyentes. Remarcó que la decisión asumida es producto de la demanda de sectores del transporte, comercio, gremialistas y empresarios privados.
Precisó que el incumplimiento a los deberes formales hace referencia a la acción u omisión que se comete en el ejercicio de las obligaciones tributarias, como la inscripción en el registro de contribuyentes, la presentación de declaraciones juradas, la emisión de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes, elaboración de los registros contables, deberes relacionados a agentes de información o medios de control fiscal, entre otros. Citó como ejemplo que no actualizar la información proporcionada en el Registro de Contribuyentes anteriormente tenía una sanción hasta de 500 UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda) pero con la actual RND esa sanción rebaja a 150 UFV para personas naturales y 300 UFV para personas jurídicas.
En la anterior norma, la presentación de declaraciones juradas rectificatorias que incrementen el impuesto, después del vencimiento, era sancionada con el pago de hasta 400 UFV. Con la actual RND, se elimina esa sanción. La multa por el no envío de Libros de Compras y Ventas IVA era sancionado con una multa de hasta 2.000 UFV pero ahora esa sanción rebaja a 500 UFV para personas naturales y 1.000 UFV para personas jurídicas con la posibilidad de reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la información a los 20 días siguientes de notificado. Citó como ejemplo que no actualizar la información proporcionada en el Registro de Contribuyentes anteriormente tenía una sanción hasta de 500 UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda) pero con la actual RND esa sanción rebaja a 150 UFV para personas naturales y 300 UFV para personas jurídicas.
En la anterior norma, la presentación de declaraciones juradas rectificatorias que incrementen el impuesto, después del vencimiento, era sancionada con el pago de hasta 400 UFV. Con la actual RND, se elimina esa sanción. La multa por el no envío de Libros de Compras y Ventas IVA era sancionado con una multa de hasta 2.000 UFV pero ahora esa sanción rebaja a 500 UFV para personas naturales y 1.000 UFV para personas jurídicas con la posibilidad de reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la información a los 20 días siguientes de notificado.