FUENTE: EL MUNDO
La Cámara de Diputados determinó ampliar el plazo para la importación de vehículos nuevos hasta que los combustibles producidos e importados por el Estado cumplan con las normas de Emisiones Atmosféricas Euro II o sus equivalentes, en cumplimiento del artículo 191, parágrafo II de la Ley General del Transporte. De acuerdo con dicha Ley 165 promulgada en 2011, a partir del 16 de agosto de este año sólo se podrían importar al país vehículos adecuados con la tecnología Euro IV o sus equivalentes, ya que sus motores deberían estar regulados a los límites aceptables de emisión de gases de combustión.
El proyecto de Ley 217 debatido por Diputados amplía el plazo para los importadores de vehículo, posibilitando que el artículo 191, parágrafo II de la Ley 165, entre en vigencia, una vez que se logre producir o importar combustible aptos que cumplan esta norma.
Asimismo, establece que el Órgano Ejecutivo mediante una entidad competente y en un plazo de cinco años, ejecutará las acciones necesarias para mejorar la calidad y asegurar la distribución del combustible para acompañar y potenciar las acciones de protección ambiental. El carburante que Bolivia comercializa en el país aún no poseen las características requeridas por la Norma de Emisiones Atmosféricas Euro IV que exige la Ley General de Transporte, por lo que se estima que dentro de dos años el combustible con estas característica estará a disposición en el país.
Gabriela Montaño, presidenta de la Cámara de Diputados y proyectista de la norma, destacó que para el cumplimiento de esta norma, la autoridad competente evaluará estas exigencias cada cinco años, de acuerdo a la tecnología anticontaminante desarrollada por los fabricantes y la calidad de los combustibles que permita su aplicación. Cabe recordar que los importadores de vehículos estaban muy preocupados por la caída de las ventas que se podía venir sin el ingreso de motorizados sin tecnología Euro IV.
La Cámara de Diputados determinó ampliar el plazo para la importación de vehículos nuevos hasta que los combustibles producidos e importados por el Estado cumplan con las normas de Emisiones Atmosféricas Euro II o sus equivalentes, en cumplimiento del artículo 191, parágrafo II de la Ley General del Transporte. De acuerdo con dicha Ley 165 promulgada en 2011, a partir del 16 de agosto de este año sólo se podrían importar al país vehículos adecuados con la tecnología Euro IV o sus equivalentes, ya que sus motores deberían estar regulados a los límites aceptables de emisión de gases de combustión.
El proyecto de Ley 217 debatido por Diputados amplía el plazo para los importadores de vehículo, posibilitando que el artículo 191, parágrafo II de la Ley 165, entre en vigencia, una vez que se logre producir o importar combustible aptos que cumplan esta norma.
Asimismo, establece que el Órgano Ejecutivo mediante una entidad competente y en un plazo de cinco años, ejecutará las acciones necesarias para mejorar la calidad y asegurar la distribución del combustible para acompañar y potenciar las acciones de protección ambiental. El carburante que Bolivia comercializa en el país aún no poseen las características requeridas por la Norma de Emisiones Atmosféricas Euro IV que exige la Ley General de Transporte, por lo que se estima que dentro de dos años el combustible con estas característica estará a disposición en el país.
Gabriela Montaño, presidenta de la Cámara de Diputados y proyectista de la norma, destacó que para el cumplimiento de esta norma, la autoridad competente evaluará estas exigencias cada cinco años, de acuerdo a la tecnología anticontaminante desarrollada por los fabricantes y la calidad de los combustibles que permita su aplicación. Cabe recordar que los importadores de vehículos estaban muy preocupados por la caída de las ventas que se podía venir sin el ingreso de motorizados sin tecnología Euro IV.