La Cámara Federal de La Plata declaró nulas las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación que dispusieron un aumento en la tarifa del servicio de gas. Sin embargo, especialistas del sector aconsejan a las estaciones de servicio afrontar el pago de las facturas para evitar multas y cortes del suministro.
Fuente: Surtidores
   
Las estaciones de GNC aguardan definiciones acerca de la composición de la tarifa La Cámara Federal de La Plata declaró nulas las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación que dispusieron un aumento en la tarifa del servicio de gas. La decisión del Tribunal tiene alcance nacional. El Gobierno ya anunció que apelará ante la Corte Suprema, que deberá expedirse acerca de su legalidad o por el contrario ordenar que las distribuidoras retrotraigan la medida al 31 de marzo, tal como exige el amparo.
 
“Estamos analizando los alcances del fallo y, en cualquier caso, como hemos hecho en todos los amparos, daremos todos los pasos procesales necesarios para defender las medidas tarifarias que hemos dictado y que están plenamente basadas en los marcos legales de cada uno de los servicios públicos involucrados”, afirmaron a través de un comunicado.
 
No obstante, mientras que desde las organizaciones de Defensa del Consumidor recomendaron esperar para abonar las facturas correspondientes, especialistas del sector sugirieron a las estaciones de servicio afrontar el pago para evitar costosas multas y hasta la suspensión del suministro.
 
Al respecto, el Dr. Guillermo Miguel, experto en derecho energético y asesor legal de la Federación de Naftas del Interior, considera que las bocas de expendio no estarían comprendidas dentro de los alcances del amparo ya que el mismo está destinado a proteger exclusivamente las competencias de los consumidores.
 
“Aconsejo pagar las facturas bajo protesto para acogerse a futuras modificaciones al cuadro tarifario o a cambios impositivos, si los hubiere. Más allá de que las distribuidoras lo rechacen, conviene dejarlo asentado por escrito”, señaló ante la consulta de surtidores.com.ar.
 
Otra postura es la del titular de Consumidores Libres, Héctor Polino, quien propuso no pagar con el aumento: “Esperen unos días hasta que evolucione el tema porque no les van a cortar el servicio”.
 
“El Poder Ejecutivo dijo que va a apelar el fallo y todavía resta saber si le conceden el recurso y con qué efecto, si será suspensivo o devolutivo”, añadió.
 
Además, destacó que en caso de no cumplir con el abono de la tarifa con el incremento anunciado por el Gobierno, no se interrumpirá el suministro ya que para eso “primero se debe intimar a los usuarios. Después tienen un lapso de 15 días para pagar”.
 
“Si se paga ahora, después no se sabrá cómo recuperar el dinero abonado de más. Que los consumidores no se apuren, no va a pasar nada“, opinó.
 
Para aquellos a los que ya les llegó la factura con aumento pero que aún no la cancelaron hay dos opciones: pagar y tener saldo a favor para el próximo consumo o no pagar y esperar una nueva boleta con las tarifas retrotraídas al cuadro tarifario anterior.
 
Reacciones
 
La diputada (Gen) Margarita Stolbizer reaccionó a la decisión de los camaristas platenses y calificó el incremento tarifario como “brutal e ilegal“. Además, señaló que espera que el presidente Mauricio Macri no recurra a la Corte.
 
A través de su cuenta de Twitter, Stolbizer escribió que “el Gobierno no debe apelar y debe aceptar retrotraer tarifas“, y recordó que las resoluciones ordenadas por el ministro Juan José Aranguren “también estaban viciadas por incompatibilidades de la Ley de Ética Pública de los funcionarios firmantes“. También señaló que la decisión del gobierno “estaba viciada de nulidad porque no se realizaron audiencias públicas“.
 
En ese sentido, el diputado del Frente Progresista y ex responsable de una boca de expendio, Rubén Giustiniani consideró que “el tarifazo del gas es, a todas luces, inconstitucional porque no respetó la realización de una audiencia previa“.
 
Por su parte, Luis Arias, el juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata que en primera instancia hizo lugar a una medida cautelar para ponerle un freno al incremento de las tarifas de luz, dijo que las empresas deben devolver el dinero. Para el magistrado, el fallo de la Cámara las obliga a “retrotraer” la facturación a los valores anteriores y “devolver lo que se haya percibido de más“.
 
“La empresa no puede alterar las condiciones de servicio público, tiene que cumplirlo con regularidad y continuidad como todo servicio público ajustándose a la tarifa anterior, a las resoluciones que aprobaron estos aumentos“, añadió Arias.