Con la norma, el Gobierno espera zanjar el conflicto con los trabajadores que realizaron marchas y bloqueos. Pero los empresarios ven que no se aplica el principio de igualdad
FUENTE: EL DEBER

El gabinete aprobó ayer dos decretos supremos (2822 y 2823) que buscan viabilizar acuerdos con la Central Obrera Boliviana (COB), que realizó paros de 24, 48 y 72 horas por el despido de trabajadores de la Empresa Nacional Textil (Enatex). Sin embargo, el nuevo decreto 2822 que resguarda la estabilidad laboral crea susceptibilidades en el sector empleador ya que prohíbe la aplicación del decreto 2765 -que determinó el cierre de Enatex- para cerrar empresas en el sector privado. “Los conceptos y las disposiciones legales que contiene el decreto 2765 del 14 de mayo de 2016, por ningún motivo y bajo ninguna justificación se aplicarán para el cierre de empresas y el despido de trabajadores en el sector privado, siendo nula de pleno derecho y sin validez legal, cualquier acción que realicen a su amparo, los empleadores”, señala el decreto 2822. Aplicación del decreto 2765 El ministro de Educación, Roberto Aguilar, explicó que el decreto hace referencia a que la norma del 14 de mayo no puede ser aplicada como ejemplo, jurisprudencia o como referencia en el ámbito de la empresa privada porque el decreto 2765 fue solo para Enatex.

“Hay denuncias que, tomando como referencia el DS 2765, los empresarios han querido aplicar despidos a los trabajadores bajo una modalidad directa. Los trabajadores del ámbito privado están amparados por la Ley General del Trabajo y está en plena vigencia”, dijo. Pero señaló que “si hay retiros debe cumplirse exclusivamente la Ley General del Trabajo y no una disposición excepcional como el DS 2765”. El objetivo del decreto 2765 es modificar la naturaleza jurídica de la Empresa Pública Nacional Textil (Enatex) así como adecuar su estructura y atribuciones en el marco de la normativa vigente. Además, establece el cese de las operaciones empresariales de Enatex, procede a la desvinculación de los trabajadores que estén bajo el régimen laboral de la Ley General del Trabajo a fin de aplicarse la Ley N° 2027 (Estatuto del Funcionario Público).

Posición del empresariado El presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia, Ronald Nostas, expresó que independientemente de la disolución, cierre y liquidación de empresas privadas en el país está ya regulada por el Código de Comercio. Remarcó que es evidente que el querer ignorar que puedan existir empresas con problemas similares o idénticos a los que tenía Enatex, representa vulnerar el principio de "igualdad" reconocido en la Constitución Política del Estado. “Todas las formas de organización económica establecidas en la Constitución (empresas públicas y privadas) gozarán de igualdad jurídica ante la ley. Pero existe un claro intento de discriminación que motiva la inconstitucionalidad del mismo por afectar el principio de seguridad jurídica”, indicó. El presidente de la Cámara Nacional de Comercio, Fernando Cáceres, dijo que la norma es discriminatoria, ya que el Estado pudo despedir a trabajadores pero le prohíbe cerrar a una empresa privada en crisis. El representante de la Cámara Nacional de Industrias (CNI) de La Paz, Ivo Blazicevic, dijo que la norma coarta la libertad de contratación, endurece la flexibilidad en el mercado laboral y afecta el clima de negocios haciendo más difícil atraer inversión para hacer industria y empresa en Bolivia