FUENTE: EL DÍA
De acuerdo a una normativa que aún está siendo trabajada y analizada por el viceministerio de Pensiones y Servicios Financieros, se prevé que los vehículos que no tengan el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) no podrán cargar combustible desde la gestión 2017. El objetivo de la norma es aumentar la cobertura del seguro en el país, que en la actualidad tiene solo una penetración del 75%.
Aseguradoras confirman que se trabaja en la norma. Rolando Áñez, jefe de ventas de Credinform, manifestó que este es un proyecto que está siendo trabajado por los administradores de las aseguradoras. "El proyecto está pero aún no sabemos desde cuándo se va a implementar, se considera que es algo muy bueno porque se concienciaría a las personas a que compren su Soat", manifestó el ejecutivo. Por su parte, Aníbal Casanovas, gerente Comercial y Marketing de Alianza, confirmó que el proyecto está en manos de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones (APS).
Detalles de la normativa. Cuando antes se propuso la normativa, el Viceministro de Pensiones, Mario Guillén, explicó que se prevé implementar la medida desde el año 2017, con la ayuda del programa informático B-Sisa, porque tiene la tecnología para monitorear cada vehículo que carga combustible en el país. "La idea es que cada roseta del SOAT tenga una lectura electrónica que sea monitoreada por los surtidores mediante las antenas del B-Sisa, lo que modernizará el proceso y permitirá que la compra del seguro sea vía internet", señaló Guillén.
La idea es que una roseta te dure cinco años y cada año se vaya cargando la vigencia cuando compren el seguro. La medida se aplicará mediante una disposición complementaria a la Ley 737, aprobada el 21 de septiembre del 2015, que modifica el artículo 37 de la Ley 1883 de Seguros, en la parte del SOAT y permite implementar métodos electrónicos en el proceso.
De acuerdo a una normativa que aún está siendo trabajada y analizada por el viceministerio de Pensiones y Servicios Financieros, se prevé que los vehículos que no tengan el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) no podrán cargar combustible desde la gestión 2017. El objetivo de la norma es aumentar la cobertura del seguro en el país, que en la actualidad tiene solo una penetración del 75%.
Aseguradoras confirman que se trabaja en la norma. Rolando Áñez, jefe de ventas de Credinform, manifestó que este es un proyecto que está siendo trabajado por los administradores de las aseguradoras. "El proyecto está pero aún no sabemos desde cuándo se va a implementar, se considera que es algo muy bueno porque se concienciaría a las personas a que compren su Soat", manifestó el ejecutivo. Por su parte, Aníbal Casanovas, gerente Comercial y Marketing de Alianza, confirmó que el proyecto está en manos de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones (APS).
Detalles de la normativa. Cuando antes se propuso la normativa, el Viceministro de Pensiones, Mario Guillén, explicó que se prevé implementar la medida desde el año 2017, con la ayuda del programa informático B-Sisa, porque tiene la tecnología para monitorear cada vehículo que carga combustible en el país. "La idea es que cada roseta del SOAT tenga una lectura electrónica que sea monitoreada por los surtidores mediante las antenas del B-Sisa, lo que modernizará el proceso y permitirá que la compra del seguro sea vía internet", señaló Guillén.
La idea es que una roseta te dure cinco años y cada año se vaya cargando la vigencia cuando compren el seguro. La medida se aplicará mediante una disposición complementaria a la Ley 737, aprobada el 21 de septiembre del 2015, que modifica el artículo 37 de la Ley 1883 de Seguros, en la parte del SOAT y permite implementar métodos electrónicos en el proceso.