El Ministerio de Trabajo a través de una resolución dio plazo hasta el 31 de mayo al sector público y privado para pagar el incremento salarial del 6 por ciento con retroactivo a enero, en el marco de la reglamentación del Decreto Supremo 2748 de incremento salarial.
Fuente: LA PRENSA  

También establece que se debe presentar el convenio colectivo con los representantes de los trabajadores hasta el 30 de junio en la Oficina Virtual de Trámites. Sin embargo, el Decreto Supremo 2748 del incremento salarial no es de estricto cumplimiento para algunos sectores, pues señala que si las gobernaciones, municipios y universidades públicas consideran que no tienen suficientes recursos para asumir con el incremento, pueden dejar de hacerlo, justificando las causas económicas.

En cambio los empresarios no tienen la misma tolerancia, porque están obligados a negociar el incremento salarial sobre la base del 6 por ciento. El presidente Evo Morales aprobó el 1 de Mayo el incremento salarial mensual del 6 por ciento y al salario mínimo nacional del 9 por ciento que se traduce en 1.805 bolivianos. El incremento salarial excluye a los cargos jerárquicos de las empresas privadas.