Las personas particulares y las empresas con deudas tributarias en mora podrán solicitar a la administración tributaria un plan de pagos. La medida comprende la rebaja de hasta el 80% de la multa y a un interés fijo del 4% por el lapso de cuatro años.
Fuente: CAMBIO

Así lo indica el anteproyecto de ley elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, que será enviado a la Asamblea Legislativa para su aprobación.

El documento establece modificaciones al artículo 47 del Código Tributario 2492. “Los sujetos pasivos con deudas tributarias a favor del nivel central del Estado a la fecha de la publicación de la presente ley, hasta el 31 de diciembre del presente año, podrán pagar o solicitar un plan de pagos de acuerdo al Código Tributario (...) con el interés único del cuatro por ciento (4%) anual aplicable a todo el período de la mora”, señala la disposición transitoria primera del documento al que tuvo acceso Cambio.

El anteproyecto de ley forma parte del acuerdo al que arribaron el presidente Evo Morales y los dirigentes de los gremiales que se reunieron el martes. El secretario ejecutivo de la Federación de Gremiales de Cochabamba, Carlos García, dijo que el ministro de Economía, Luis Arce, enviará al Legislativo la propuesta que establece la rebaja en las multas por deudas impositivas. La reducción del 80% en las multas se aplicaría “en las deudas tributarias en procesos de determinación”, después de los 10 días de notificada la vista de cargo y hasta antes de la impugnación de la resolución determinativa. Hay más beneficios También se aplicará la reducción del 60% en las multas en las deudas impositivas establecidas en “resolución determinativa o que se encuentren en la fase de ejecución o cobranza coactiva” y hasta antes del remate o adjudicación directa.

Además se otorgaría una rebaja del 60% en el caso de las deudas con resolución determinativa impugnada previo desistimiento del recurso e “incluso hasta antes de la notificación con el pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)”. Los adeudos tributarios “en proceso de ejecución resultante del cumplimiento de los fallos dictados” por el TSJ continuarán su trámite de acuerdo a norma, indica la propuesta del Ejecutivo.

El beneficio

- El proyecto de ley establece la reducción de las multas y no así el tributo omitido.
- Las personas o empresas que se acojan al plan de pagos deberán pagar un interés fijo del 4% hasta el cuarto año, 6% desde el quinto hasta el sexto año, 8% desde el séptimo hasta el octavo año y del 10% desde el primer día del noveno hasta el décimo año.