Fuente: EL MUNDO
La administración tributaria está a la espera del fallo respectivo, para proseguir con el cobro de la deuda tributaria.
Si bien dentro de la acción de amparo constitucional planteada por el TAM, la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz –de forma inesperada y sin sustento legal- determinó conceder tutela a favor del TAM, anulando obrados, ello no significa que se hubiese dejado sin efecto sus obligaciones impositivas.
El SIN recalca que no hay tratamientos tributarios preferenciales para ningún contribuyente, menos con el TAM.