El aumento salarial “no debe discriminar, excluir, ni condicionar a ningún sector de trabajadores, sean éstos de: empresas estratégicas, descentralizadas, desconcentradas, autónomas, autárquicas, universidades, etcétera, y sea la base para el sector privado, debiendo los gobiernos autónomos departamentales y municipales cumplir y hacer cumplir esta disposición nacional”, se lee en el inciso a) del punto 1.5 del pliego.